El Gobierno refuerza la fiscalización sobre los aumentos en las cuotas de las prepagas

La Superintendencia de Servicios de Salud establece un procedimiento obligatorio para que las prepagas informen sobre los incrementos en sus cuotas, buscando contener el impacto inflacionario tras la desregulación del sector.

Viernes 16 de mayo del 2025 a las 11:06 am

 

El Gobierno ha puesto en marcha una nueva regulación para supervisar los aumentos en las cuotas de las prepagas. A través de la Resolución 645/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial, se establece que las empresas de medicina privada deben notificar a este organismo antes de aplicar incrementos en los precios de sus planes.

 

Esta resolución establece un procedimiento estandarizado y obligatorio para la presentación de información relacionada con los aumentos de las cuotas en los planes de cobertura médico asistencial, marcando una clara diferencia con la desregulación que había promovido el gobierno de Javier Milei al asumir. Sin embargo, la medida también responde a las solicitudes recientes dirigidas a las empresas para que moderen las subas en los últimos meses, en un intento por mitigar el impacto de la inflación. Cabe destacar que, durante el transcurso de 2024, los precios de las cuotas ya crecieron por encima del promedio general de la inflación.

 

La normativa busca ordenar la forma en que las prepagas comunicarán los aumentos a los usuarios. En este sentido, se les exige presentar a la Superintendencia la información clave antes de notificar a los afiliados, garantizando así que los incrementos sean informados de manera estructurada.

Ya en septiembre de 2024, mediante la Resolución 2155/2024, se delinearon directrices generales para la comunicación de aumentos en las cuotas de planes de cobertura médico asistencial. De acuerdo con la nueva resolución, las prepagas deben cumplir con un conjunto de requisitos, que incluyen la presentación del texto completo de la comunicación a los afiliados, el porcentaje del aumento y el nuevo precio mensual discriminado por plan y franja etaria, así como la zona geográfica donde se aplica.

 

La entrega de esta información debe realizarse de forma digital a través del sitio web de la SSS, y las empresas contarán con un plazo de cinco días después de la publicación del último índice de precios al consumidor (IPC) elaborado por el INDEC. Además, deben asegurar que la comunicación a los afiliados se realice con un mínimo de 30 días corridos de antelación antes del vencimiento de la cuota respectiva. Este procedimiento será esencial para que la notificación sea considerada válida.

 

La medida ha generado reacciones mixtas entre los afiliados y las empresas. Mientras algunos usuarios celebran la mayor transparencia, representantes del sector privado advierten que estas regulaciones podrían limitar su capacidad para ajustar precios en un contexto inflacionario. El Gobierno, por su parte, reafirma su compromiso de proteger a los consumidores.

 

La SSS también realizará un seguimiento constante de las comunicaciones para asegurar el cumplimiento de estas nuevas normas. En caso de incumplimiento, las prepagas podrían enfrentarse a sanciones económicas y restricciones en su operativa.

 

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?