El Gobierno actualiza los topes del Monotributo: conocé todos los detalles

El tope anual del Monotributo se incrementa de 82 a 95 millones de pesos, con nuevas escalas y cuotas vigentes desde agosto. La recategorización podrá realizarse hasta el 5 de agosto tras la publicación oficial.

 

El Gobierno anunció una actualización en los límites de facturación anual para el régimen de Monotributo, elevando el tope máximo de 82 a 95 millones de pesos, según informó Javier Lanari, subsecretario de Prensa de la Presidencia. Este monto equivale a aproximadamente USD 74.500 por año, un aumento respecto al tope vigente en diciembre de 2023, que era de 6.300 dólares anuales, destacó Lanari al recordar que este límite era 12 veces menor antes de la gestión actual.

 

La modificación responde a la inflación registrada en la primera mitad del año, cuyos datos oficiales serán publicados por el INDEC. Esta variación impacta también en el Mínimo no imponible y las escalas del impuesto a las Ganancias, que se actualizan semestralmente conforme al índice de precios al consumidor (IPC) de enero y julio.

 

Además, el Monotributo actualiza sus categorías, valores de facturación y cuotas mensuales. Por ejemplo, la categoría A incrementa su tope de facturación anual de $7.813.063 a $9 millones, mientras que la categoría más alta pasa de $82.370.281 a 95 millones de pesos. Las cuotas tendrán un aumento aproximado del 15,3% al 15,6%, por lo que la cuota de la categoría con valor $32.221 ascenderá a poco más de $37.000, y la categoría B superará los $42.000. Estos nuevos valores estarán vigentes desde agosto y hasta enero de 2026. Una vez que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de ARCA, publique las nuevas tablas, los monotributistas podrán realizar la recategorización correspondiente.

 

El plazo para efectuar la recategorización se extenderá hasta el 5 de agosto. Según ARCA, quienes mantengan su categoría o tengan menos de seis meses de actividad no deberán realizar ninguna acción. En cambio, los contribuyentes que hayan tenido variaciones en ingresos, alquileres, superficie del local o consumo energético durante los últimos 12 meses deberán ingresar con clave fiscal para actualizar su categoría.

 

El organismo aclaró que, en caso de no recategorizarse o hacerlo incorrectamente, puede iniciar una recategorización de oficio. Este procedimiento se activa cuando detecta compras, gastos o movimientos bancarios que superan el máximo permitido para la categoría declarada.

 

Por último, el aumento en el Mínimo no imponible para Ganancias se refleja en que un trabajador soltero sin hijos podría pasar de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales de sueldo bruto sin estar alcanzado por el impuesto, mientras que un trabajador casado con dos hijos vería ese límite subir de $3 millones a casi $3,5 millones. También se incrementan los montos máximos deducibles por gastos como servicio doméstico, educación y alquiler, que deben registrarse en el sistema Siradig a través del Formulario F572Web.

 

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