Nuevos mínimos salariales para el Impuesto a las Ganancias desde julio

La inflación de mayo, que se ubicó en 1,5%, actualiza los montos mínimos para el Impuesto a las Ganancias. A partir de julio, los nuevos valores evidencian cómo los trabajadores con diferentes situaciones familiares comenzarán a tributar.

Martes 17 de junio del 2025 a las 12:01 pm

 

La inflación de mayo, que se ubicó en un 1,5%, posibilita la actualización de los mínimos salariales para el Impuesto a las Ganancias, los cuales entrarán en vigencia en julio. Los trabajadores cuyos sueldos brutos o netos superan determinados montos estarán sujetos a retenciones en sus recibos de sueldo.

 

Estos valores se ajustan según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y definirán quiénes deberán tributar a partir del segundo semestre de 2025. Según el consultor impositivo Ariel Bassanetti, el salario neto mínimo requerido para que un soltero empiece a abonar Ganancias será de $1.933.316,83, mientras que para un casado con dos hijos, esta cifra ascenderá a $2.563.879,85.

 

Estas cifras se determinan en función de la situación familiar de cada trabajador, tomando en cuenta factores como el estado civil y la cantidad de hijos a cargo. Bassanetti proyectó una inflación mensual de 1,5% para junio, similar a la de mayo, lo que implicará un índice de actualización del 14,96% para el primer semestre de 2025.

 

De este modo, se puede prever cómo quedarán los nuevos mínimos salariales para el Impuesto a las Ganancias en las liquidaciones de julio. En el caso de los trabajadores solteros, deberán tener ingresos brutos que superen los $2.329.287,39, mientras que los casados con dos hijos, el umbral será de $3.089.011,87.

 

Además, el consultor brindó detalles sobre otros escenarios: un soltero con un hijo empezará a tributar a partir de $2.520.039,89 brutos, lo que se traduce en un salario neto de $2.091.633,11. Por otro lado, un casado con un hijo comenzará a hacerlo desde los $2.898.269,36 brutos y $2.405.563,57 netos. Bassanetti enfatizó que los valores mencionados ya incluyen un promedio de retenciones del 17% y el aguinaldo proporcional, pero no consideran deducciones adicionales que puedan afectar los montos mínimos a tributar.

 

En cuanto a las escalas y deducciones permitidas, estas también serán actualizadas a partir de julio. La Ganancia No Imponible (GNI) será de $3.916.268 y la deducción especial alcanzará $18.798.088. Asimismo, las deducciones por cónyuge o unión convivencial se fijarán en $3.688.339, y por la carga de un hijo, los trabajadores podrán descontar $1.860.042. Otros conceptos que también regularán su valor incluyen las deducciones por hijos incapacitados, gastos de escolaridad, servicio doméstico y alquiler de vivienda, que serán de $3.720.085, $1.566.507, $3.916.268 y $3.916.268, respectivamente.

 

Finalmente, las deducciones anuales relacionadas con seguros de vida, primas de retiro y ahorro de seguros mixtos se establecerán en $573.817. Por último, Bassanetti subrayó que existen gastos, como los aportes a cajas previsionales provinciales y ropa de trabajo, que no tienen límites específicos y se toman en cuenta al momento de liquidar.

 

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