Giro regulatorio en el mercado de capitales: la CNV restringe el uso de Echecks y encarece la operatoria financiera de las Pymes

La Comisión Nacional de Valores dispuso una nueva limitación para la acreditación de cheques electrónicos en sociedades de bolsa, una herramienta clave utilizada por las empresas para optimizar su liquidez de corto plazo y evitar el costo tributario del impuesto al débito y crédito bancario.

En una medida que generó fuerte repercusión y preocupación en el sector financiero, la Comisión Nacional de Valores (CNV) determinó la prohibición y restricción para que las Pymes y empresas corporativas utilicen cheques electrónicos (Echecks) como instrumento de ingreso y acreditación de fondos en las sociedades de bolsa (ALICs). La normativa irrumpe en la dinámica habitual de financiamiento e inversión de las pequeñas y medianas empresas, alterando un esquema operativo altamente extendido en el mercado de capitales argentino.

 

Hasta la implementación de esta disposición, la operatoria habitual de las firmas consistía en acreditar un Echeck en la cuenta de su agente de bolsa, colocar el capital a tasa fija durante plazos breves de 15, 20 o 30 días, y posteriormente retirar el mismo valor en cheque para cancelar obligaciones con proveedores. Este mecanismo permitía a las tesorerías corporativas obtener un rendimiento sobre sus saldos líquidos sin asumir costos transaccionales desmedidos ni interrumpir la cadena de pagos comercial.

 

El trasfondo central de esta decisión radica en el impacto del Impuesto al Débito y Crédito bancario (conocido popularmente como el impuesto al cheque). A diferencia de las personas físicas —quienes transfieren desde sus cajas de ahorro sin estar alcanzadas por dicho tributo—, las cuentas corrientes de las empresas sufren una alícuota del 0,6% por cada movimiento de entrada y salida.

 

De este modo, la transferencia bancaria tradicional de ida y vuelta hacia un broker de bolsa representa un costo impositivo consolidado cercano al 1,2% sobre el volumen transaccionado. La utilización del Echeck constituía la vía idónea para eludir legítimamente esta carga tributaria y movilizar saldos corporativos de manera eficiente. Con la nueva restricción impuesta por la CNV, las empresas que requieran canalizar fondos hacia las ALICs se verán obligadas a afrontar nuevamente el costo del impuesto al débito y crédito.

 

En el mercado financiero no tardaron en surgir diversas hipótesis analíticas respecto al momento elegido para la aplicación de la norma. En primer lugar, se destaca la coincidencia temporal con el próximo ingreso en régimen de los Fondos de Ahorro y Liquidez (FAL), previsto para el 1° de noviembre.

 

Este escenario reaviva la competencia entre las entidades bancarias y los agentes de bolsa, en tanto los bancos no cuentan con restricciones equivalentes para la captación de estos instrumentos. En segundo lugar, se señala un posible fin recaudatorio, dado que la recaudación generada por el Impuesto al Débito y Crédito se destina íntegramente a la ANSeS, permitiendo al Estado incrementar sus ingresos fiscales a costa de las Pymes.

 

La disposición de la Comisión Nacional de Valores representa una señal desfavorable para el desarrollo del mercado de capitales local, ya que desincentiva la inversión de liquidez corporativa e introduce trabas operativas en el entramado productivo. A pesar del malestar y la incertidumbre inicial entre los operadores y ejecutivos de finanzas, en el sector bursátil estiman que en el mediano plazo podrían surgir alternativas normativas o instrumentos de adaptación para subsanar los perjuicios ocasionados por la norma y devolver fluidez a la inversión corporativa.

 

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