El Gobierno extiende hasta fin de 2025 el plazo para rescindir contratos con empresas estatales
Mediante el Decreto 591/2025, firmado por Javier Milei y su gabinete, se amplía el tiempo para finalizar convenios con firmas con participación estatal o privilegios exclusivos en la provisión de servicios y bienes.
El Poder Ejecutivo decidió extender hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para que organismos y empresas públicas concreten la finalización de contratos con compañías en las que el Estado posee participación accionaria o que han disfrutado de beneficios exclusivos en la provisión de bienes y servicios. Esta medida fue oficializada mediante el Decreto 591/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Esta prórroga amplía lo dispuesto en el Decreto 747/2024, que vencía el próximo 22 de agosto y que había dejado sin efecto obligaciones previas que obligaban a organismos nacionales a contratar exclusivamente con determinadas firmas estatales. Por ejemplo, se eliminó la exclusividad que mantenía el Banco Nación desde 2012 para el pago de haberes de empleados públicos.
En abril de este año, el Gobierno asignó a once bancos públicos y privados la capacidad de ofrecer la apertura, gestión y mantenimiento gratuito de cuentas sueldo, según la Decisión Administrativa 9/2025. Entre las entidades habilitadas se encuentran Banco Credicoop, Banco Patagonia, Banco Santander, ICBC, Banco Galicia, BBVA, Banco Macro y Supervielle, entre otros. Además, el Ejecutivo instruyó a estos bancos a elaborar planes que prioricen beneficios concretos para el personal estatal, con especial énfasis en préstamos hipotecarios a tasas preferenciales. El Decreto 591/2025 también extiende la derogación de normas anteriores que imponían exclusividades, tales como el Decreto 1189/2012, que obligaba a comprar combustibles y lubricantes solo en YPF; el 1191/2012, que establecía contratar vuelos únicamente con Aerolíneas Argentinas, Austral y Optar; y el Decreto 823/2021, que restringía la contratación de seguros exclusivamente a Nación Seguros.
Desde el Gobierno calificaron estos decretos como “nefastos” y denunciaron que generaban una “transferencia de recursos del contribuyente a determinadas empresas”. En este sentido, señalaron que “tan grotesco era el sistema que se contrataba a un broker para realizar operaciones que ya eran obligatorias por ley”. La política actual se basa en el Decreto 70/2023, que estableció que las empresas con participación estatal no gozarán de privilegios ni prioridad en contrataciones, compras ni vínculos jurídicos con la administración pública.
La extensión de los plazos hasta diciembre de 2025 busca facilitar la transición hacia nuevas licitaciones nacionales y otorgar tiempo a cada jurisdicción para readecuar sus contratos. Según el nuevo decreto, las autoridades competentes podrán ampliar o prorrogar los convenios alcanzados por las normas derogadas hasta fin de año, cuando lo consideren necesario.
La medida busca promover la competencia y la transparencia en la gestión pública, además de optimizar el uso de recursos estatales. Organismos y empresas deberán presentar informes periódicos sobre el avance en la finalización de estos contratos, garantizando el cumplimiento del nuevo plazo.