El BCRA reglamentó las cuentas para el Fondo de Cese Laboral que reemplaza indemnizaciones
El Banco Central oficializó las cuentas especiales que gestionarán los aportes al Fondo de Cese Laboral, una alternativa al sistema tradicional de indemnización por despido.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció oficialmente el marco normativo para las cuentas bancarias especiales destinadas a administrar los aportes al Fondo de Cese Laboral (FCL), un pilar fundamental de la reforma laboral introducida mediante la Ley 27.742 y el Decreto 847/2024. Este nuevo sistema, que entró en vigencia tras la Comunicación "A" 8288/2025, ofrece una alternativa voluntaria para que empleadores y trabajadores sustituyan la indemnización por antigüedad tradicional prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) por un mecanismo de aportes anticipados.
El régimen contempla dos modalidades para gestionar los fondos: cuentas individuales a nombre de cada trabajador y fondos colectivos administrados por una entidad designada según el convenio colectivo correspondiente. En ambos casos, los aportes principales serán realizados por el empleador, aunque también podrán sumarse aportes voluntarios del trabajador si existe acuerdo mutuo.
Al término de la relación laboral, el empleador debe transferir los fondos acumulados a la cuenta personal del trabajador, quien podrá retirarlos directamente si el empleador no lo hace. Estas cuentas permanecerán activas durante 180 días corridos después del último movimiento, permitiendo su reactivación en caso de un nuevo empleo dentro del mismo sistema. Los aportes patronales estarán limitados a un techo del 8% de la remuneración computable, con la excepción de sectores específicos como la construcción (UOCRA), donde el aporte podrá llegar al 12% durante el primer año.
El mecanismo permite la instrumentación a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF), que deberán incluir en su denominación la expresión “Cese Laboral”. La supervisión del sistema es compartida entre distintos organismos: el BCRA regula las cuentas bancarias, la Comisión Nacional de Valores (CNV) fiscaliza los instrumentos financieros, y la Superintendencia de Seguros de la Nación controla los seguros asociados.
Los fondos acumulados en estas cuentas son inembargables frente a deudas tanto del empleador como del trabajador, están cedidos condicionalmente a favor del trabajador y mantienen el mismo tratamiento fiscal que las indemnizaciones tradicionales. Las empresas y sindicatos cuentan con un plazo de 90 días para adherirse al sistema y definir las condiciones específicas de aportes y administración. Se espera que esta medida promueva mayor previsibilidad y seguridad jurídica en las relaciones laborales. Analistas destacan que el Fondo de Cese Laboral podría incentivar la formalización del empleo y facilitar la movilidad laboral, aunque advierten sobre la necesidad de un seguimiento estricto para evitar posibles abusos o desfinanciamientos del sistema.