Autorizan suba del 10% del bioetanol y podría impactar en combustibles
El Gobierno habilitó un incremento del 10% del bioetanol de caña de azúcar y podría impactar en nuevo de precio del litro de nafta.
Mediante la Resolución 373/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía oficializó un incremento del 10% del bioetanol de caña de azúcar, fijando su precio en $80,56 el litro, elevándolo de los %73,11. Dicho insumo es destinado a la mezcla con la que se producen los combustibles, por lo tanto, se espera que la medida impacte en los precios de la nafta.
El aumento del precio se da en virtud de la Ley N°27.640 de Marco Regulatorio de Biocombustibles, que confiere funciones a la Secretearía de Energía a tal fin, ya que se trata de un mercado muy regulado por el Estado.
Según detalló el comunicado oficial, la disposición de incrementar el precio se da a partir de los aumentos de costos de combustibles que se dieron el pasado 9 de mayo por parte de la petrolera nacional, YPF. La compañía informó la variación de precios para las naftas de grado 2 y grado 3, comercializada a través de las estaciones de servicio de su propiedad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La medida es retroactiva y tiene vigencia para todas las operaciones realizadas desde el 9 de mayo de 2022, y hasta nueva publicación de precios que reemplace la publicada en el día de hoy.
Con respecto al bioetanol de maíz, el secretario de Energía Darío Martínez, había publicado el mes pasado aumentos escalonados en 5 meses consecutivos, con el objetivo de compensar desfasajes sustanciales entre el valor de mercado y los costos que implica su elaboración.
Los incrementos para el bioetanol de maíz están regulados desde abril hasta agosto a diferencia del bioetanol de caña de azúcar. Para mayo, el costo del litro del bioetanol de maíz es de $96,35. Ambos insumos son utilizados para la mezcla con la que se produce los distintos tipos de combustibles, como la nafta y el gasoil tradicional.
Asimismo, Martínez estableció que el pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz no podrá exceder en ningún caso los 30 días corridos desde la celebración de la factura correspondiente.