ARCA endurece los controles sobre el monotributo y aplicará bajas automáticas por deuda prolongada

A partir de este mes, los contribuyentes que acumulen diez meses consecutivos de deuda serán excluidos del régimen simplificado. Todos los detalles.

Por Eric Nesich

Periodista especializado en Economía y Finanzas

Viernes 23 de mayo del 2025 a las 12:54 pm

 

A partir de mayo de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) va a ponerse más firme con el monotributo. ¿Qué significa esto? Que si demoras demasiado tiempo con el pago, te dan de baja directamente, sin aviso previo ni vueltas.

 

El objetivo de esta medida es que el sistema funcione como corresponde y que los beneficios lleguen a quienes cumplen. Porque no se trata solo de pagar: el monotributo es la puerta de entrada para tener obra social y sumar para la jubilación, así que no es un trámite más.

 

Si pasás 10 meses seguidos sin poner un peso para el monotributo, ARCA te va a sacar del régimen.  Y lo peor: no vas a poder volver a anotarte hasta pasados tres años calendario desde que te dieron de baja. 

Pero la deuda no es el único motivo. ARCA también puede bajarte del monotributo por otras razones. Algunas son:

 

  • Si ganás más plata de la que permite tu categoría.
  • Si el local o el alquiler que usás supera lo que está permitido.
  • Si vendés cosas a un precio por unidad más alto del tope que deja el régimen.
  • Si tus gastos o depósitos bancarios no cierran con lo que decís que ganás.
  • Si hacés importaciones con fines comerciales (eso está fuera de lo permitido).
  • Si tenés más de tres actividades o más de tres locales.
  • Si decís que vendés productos pero en realidad prestás servicios.
  • Si no facturás como corresponde.
  • Si tus compras o gastos superan ciertos límites (80% de lo que ganás si vendés cosas, 40% si prestás servicios).
  • Si aparecés en el REPSAL, un registro de empleadores con sanciones laborales.

 

Cuánto se paga según la categoría

ARCA también actualizó los números y topes del monotributo. Te dejamos un resumen de cuánto podés facturar por año y cuánto tenés que pagar por mes:

 

Categoría A: hasta $7.813.063,45 al año / pagás $32.221,31 por mes
Categoría B: hasta $11.447.046,44 / $36.679
Categoría C: hasta $16.050.091,57 / $42.951,25 si hacés servicios y $41.982,19 si vendés bienes
Categoría D: hasta $19.926.340,10 / $55.047,33 (servicios) o $53.714,87 (bienes)
Categoría E: hasta $23.439.190,34 / mismos valores que la D
Categoría F: hasta $29.374.695,90 / $77.946,73 (servicios) o $70.436,50 (bienes)
Categoría G: hasta $35.128.502,31 / $98.096,95 (servicios) o $84.530,08 (bienes)
Categoría H: hasta $53.298.417,30 / $340.061,68 (servicios) o $206.815,63 (bienes)
Categoría I: hasta $59.657.887,55 / $626.993,55 (servicios) o $309.020,04 (bienes)
Categoría J: hasta $68.318.880,36 / $759.420,03 (servicios) o $377.851,82 (bienes)
Categoría K: hasta $82.370.281,28 / $1.050.323,75 (servicios) o $456.773,20 (bienes)

 

Así que ya sabés: si estás en el monotributo, mantenete al día. Porque ahora no hay margen. Te bajan del sistema y después cuesta volver.

 

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