AFIP: cuáles son las nuevas reglas de adhesión al blanqueo de capitales
Se dieron a conocer nuevas normas referentes al acceso al blanqueo de capitales por parte de la AFIP las cuales fueron publicadas en el Boletín Oficial.
Por Eric Nesich
Periodista especializado en Economía y Finanzas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevas reglas para que tanto residentes como no residentes puedan adherirse al blanqueo y evitar multas. Estas normas fueron publicadas en la Resolución General N° 5.528 en el Boletín Oficial.
Para los residentes, es necesario contar con el Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en estado activo sin limitaciones. También podrán estar clasificados en algunas de estas categorías: "Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes", "Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada", "Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada", o "Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico".
En el caso de los no residentes que fueron residentes fiscales en Argentina, deberán designar a un responsable para que gestione el alta a través del servicio "Sistema Registral" usando su clave fiscal.
Para demostrar la titularidad, posesión, tenencia o guarda de bienes hasta el 31 de diciembre de 2023, y su valuación, se deberá presentar la documentación correspondiente junto con la declaración jurada de regularización, siguiendo las pautas del anexo.
Por otra parte, la AFIP decidió que el dinero en efectivo regularizado y depositado en una Cuenta Especial de Regularización de Activos no formará parte de la base de cálculo para el Impuesto Especial de Regularización. Sin embargo, si los fondos en esas cuentas se transfieren a otra cuenta antes del 31 de diciembre de 2025, se aplicará una retención del 5% en concepto de Impuesto Especial de Regularización.
Si los fondos no se mantienen en las cuentas especiales ni se destinan a inversiones específicas, deberán pagar el 5%.
Monotributo: se extiende el plazo de recategorización
AFIP informó en las últimas horas que extendió el plazo para realizar la recategorización del primer semestre del año hasta el 9 de agosto inclusive. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024, publicada ayer lunes en el Boletín Oficial.