Toda la normativa sobre la compra de dólar MEP: Lo que necesitas saber | Dolarhoy.com
CNV|07 de agosto de 2023

Toda la normativa sobre la compra de dólar MEP: Lo que necesitas saber

Enterate cuál es la nueva regulación para operar este tipo de cambio.

Por Gonzalo Tassano

Asesor financiero

 

Nuevamente nos encontramos con más normativas que limitan la operatoria diaria en el mercado bursátil. Pasaremos a hacer un resumen para quienes compran dólar MEP, de las normativas que deben saber.

 

Los activos financieros se operan en dos monedas: pesos y dólares. Dentro del segmento dólares, tenemos los dólares MEP (para una transferencia a un banco local) y los dólares cable (para transferir al exterior). Todos los activos tienen un símbolo y en el símbolo podemos distinguir la especie que estamos operando. Usualmente, al operar en dólares, se le agrega una "D" al final de su símbolo para identificarlo como especie dólar MEP y una "C" para dólar cable. Por ejemplo, para comprar acciones de Coca Cola sabemos que su símbolo es KO, así la estamos operando en pesos. Si escribimos KOD hacemos referencia a la especie en dólares y KOC para la especie en dólares cable.

 

Cómo comprar Dólar MEP

Para comprar dólar MEP, el proceso es el siguiente: se compra un activo en pesos (usualmente se usan los bonos soberanos AL30) a plazo Contado Inmediato, y al otro día se lo vende en dólares. Una vez recibidos los dólares, se deben transferir al banco, si es que luego quieren usarse para invertir (Normativa 7340 del BCRA).

 

Desde Bull Market Brokers se puede comprar y/o vender dólar MEP con solo un clic, sin necesidad de comprar y vender los bonos en forma manual. Esto sucede porque todos los activos financieros tienen cotización en pesos y en dólares, y el uso de bonos soberanos argentinos para esta operatoria es estrictamente por el volumen que se maneja en ambas cotizaciones, ya que podemos comprar cualquier activo, pero si a la hora de venderlo en otra moneda no hay quien nos quiera comprar, no se puede realizar la operatoria.

 

 

Desarrollando cada normativa, veremos la razón por la que operamos en Contado Inmediato, el esperar un día y el pasarlo al banco.

 

Así como para el dólar solidario, el MEP tiene restricciones para ciertas personas. Para confirmar si se está habilitado para esto, recomendamos obtener la certificación negativa desde la página de ANSES. Además, para poder comprar dólar mep no se tiene que haber comprado dólar ahorro en los últimos 90 días corridos. 

 

El parking de 1 día hábil al operar AL30, establecido por la Regulación 957, no solo afecta la operatoria de dólar MEP. El parking establece que una vez liquidado el título (en el momento para CI o en 2 días hábiles si se opera en 48 horas), se lo debe mantener en cartera mínimamente por un día hábil si se desea vender en dólares. Esto hace que no podamos saber a ciencia cierta el tipo de cambio que obtendremos, ya que el movimiento de los bonos nos puede ser favorable o no. Es más restrictiva para las operaciones de dólar cable, ya que para activos de ley local el parking es de un día y de tres si deseamos vender en dólar cable un activo de ley extranjera.

 

Con respecto a la operación a plazo de Contado Inmediato, se debe al tiempo que debemos esperar para recibir los dólares. Si se compra en pesos el AL30 en CI y se vende en dólares en CI, solo se necesita esperar un día para tener los dólares. Si se compra en CI y se vende en dólares a 48 hrs, tenemos tres días de espera para recibir los dólares. Cabe aclarar que en estos días, la cotización implícita del dólar estaba más barata en el plazo de 48 hrs, así que hay que estar atento y según las preferencias temporales ver qué es más conveniente. En Bull Market, nosotros permitimos que los clientes decidan en la compra con un clic en qué plazo quieren operar.

 

Recibidos los dólares por la normativa del BCRA 7340, estos no pueden usarse en inversiones, por lo que no podemos venderlos, comprar un activo, caucionarlos o suscribirnos a un fondo común de inversión si estos dólares no vienen de una transferencia bancaria.

 

A estas limitaciones se le suma la imposibilidad de realizar una venta en especie dólar si tenemos una caución tomadora, si pedimos dinero prestado del mercado.

 

Sin embargo, con la Resolución 969 de la CNV, si operamos en dólares a plazo Contado Inmediato, debemos esperar 15 días sin operar si deseamos operar a 48 horas. Esta normativa amplía la anterior Resolución 962 que establece que, si operamos bonos soberanos argentinos en dólares, no podemos operar ningún otro activo en dólares al menos por quince días, y viceversa.