Menos Papeleo: la AFIP eliminó estos requisitos para empleadores
El ente recaudador eliminó otra traba para los empleadores relacionada con los telegramas y notificaciones laborales.
Por Eric Nesich
Periodista especializado en Economía y Finanzas
Los empleadores ya no tienen que informar a la AFIP sobre las notificaciones que reciban de trabajadores o sindicatos a través de telegramas o cartas documento.
Esta disposición fue establecida por la Resolución General 5560/2024, que salió hoy en el Boletín Oficial, y reafirma lo dispuesto en la ley 27.742, conocida como Ley de Bases para la libertad de los argentinos.
El organismo explicó que la medida es parte de un “proceso de simplificación de trámites impulsado por la gestión actual”. Con la nueva resolución, se elimina el servicio online “Telegramas laborales”, donde se cargaban las copias digitales de las notificaciones enviadas a empleadores según el artículo 1 de la ley 24.013.
“Como la Ley de Bases adoptó varias medidas para agilizar y mejorar los trámites administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento”, indicó el organismo en un comunicado. Sin embargo, aclaró que “el servicio seguirá disponible en la web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas”.
“Esto permitirá consultar la imagen digitalizada y los datos relacionados con las notificaciones laborales enviadas por trabajadores a sus empleadores en el pasado”, agregó.
Esta eliminación forma parte de una larga lista realizada por la AFIP en el último tiempo. Entre estas, mencionó la eliminación de la obligación de registrar contratos de alquiler ante la AFIP, que solo se mantiene vigente para acceder a beneficios fiscales.
También resaltó la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) y del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), que antes era obligatorio al vender un vehículo, así como la reducción de 5 a 2 en las declaraciones juradas que deben presentar los campos con el resultado de la cosecha.
Otros trámites eliminados incluyen el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) como requisitos previos para importar mercadería, además del Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (Recar).
El organismo destacó la eliminación de la necesidad de contar con el documento conocido como “Hoja de ruta yerbatera” y del “Libro de Movimientos y Existencias”, lo que significa que molinos, secaderos y depósitos ya no tendrán que registrar obligatoriamente los ingresos, egresos y existencias de esos productos.
Por último, señaló la automatización del cálculo del monto fijo para el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) y la eliminación de la norma que obligaba a los operadores de granos a inscribirse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).