La AFIP elevó las tasas para las deudas fiscales
Contribuyentes morosos deberán pagar más intereses por los atrasos en el pago de sus obligaciones fiscales.
A partir de la reciente publicación de la Resolución de 559/2022 el Ministerio de Economía fijó nuevas tasas de interés en los procedimientos fiscales que penalizan los incumplimientos. Además, la actualización de dichas tasas será mensualmente, en lugar de modificarse trimestralmente como se venía haciendo hasta ahora. El Palacio de Hacienda faculto a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) a actualizar las tasas que devenga, en sintonía con la suba de tasas que viene aplicando el BCRA (Banco Central de la República Argentina) y debido al contexto de alta inflación por el que esta atravesando el país.
Y es que hasta el mes que viene, la tasa de intereses resarcitorios estaba fijada en el orden del 4,25%, y para los punitorios un 5,19%. En ambos casos, inferior al IPC (Índice de Precios al Consumidor) de julio, que fue del 7,4%, dejando una pequeña ventaja para los incumplidores fiscales. Si bien si tenía previsto actualizar las mismas en octubre, desde el ente recaudador nacional se adelantaron un mes y concretaron la suba para todo tipo de deudas impositivas, previsionales, y aduaneras.
En tanto, para aquellas deudas expresadas en dólares, la norma cita el interés aplicable del 0,83% para los resarcitorios y del 1% en el caso de los punitorios. Por el contrario, para los supuestos de devolución, reintegro o compensación de los impuestos el interés fijado es el 3,83% mensual, y para aquellos conceptos expresados en la divisa norteamericana, tan solo el 0,2%.
Cabe mencionar que para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la fecha de entrada en vigencia de la resolución en cuestión, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcance.