El proyecto de blanqueo de capitales comenzará a ser tratado por Diputados

La iniciativa es parte del acuerdo entre Argentina y Estados Unidos en materia de cooperación tributaria firmada en diciembre de 2022.

Por Eric Nesich

Periodista especializado en Economía y Finanzas

Jueves 24 de agosto del 2023 a las 12:46 pm

 

A partir de hoy jueves la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados comenzará a analizar un nuevo proyecto de ley de blanqueo de capitales denominado "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado", el mismo fue presentado al Poder Ejecutivo en junio.

 

El blanqueo incluirá a personas físicas, sucesiones indivisas y empresas con bienes y activos financieros no declarados ante el fisco. Contará con una alícuota del 5% para los registrados en los primeros 120 días de la entrada en vigor de la ley. De este modo, se comprenderá la tenencia de moneda nacional o extranjera en el país o el exterior, activos financieros, bienes muebles e inmuebles.

 

Esta iniciativa surgió luego del acuerdo firmado entre Argentina y EEUU en diciembre de 2022, el cual incluye el intercambio de información tributaria, cruzando la misma entre ambos países con el propósito de combatir la evasión fiscal.

 

En los fundamentos del proyecto se destaca que "las tenencias de bienes que se exterioricen pagarán un impuesto especial con alícuota creciente en el tiempo".

 

Las alícuotas aplicables serán del 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos de la puesta en marcha del blanqueo; 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días; y 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.
En el caso de aquellos bienes detectados en el exterior y no declarados pagarán una tasa del 7,5 ciento en los primeros 120 días de sancionada la ley; 12,5% desde el vencimiento del primer y hasta 120 días más; y 22,5% en el caso de ingresar en el último tramo habilitado para tal fin.

Se establecerá un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera, y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos tres períodos fiscales y con un tope de hasta US$ 50 mil.

 

Se solicitará una declaración jurada para acceder a este nuevo régimen impositivo. Se entenderá por repatriación de bienes cuando el monto ingresado al país en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren; el que no podrá ser inferior al 10 por ciento.

 

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?