El Gobierno actualiza el régimen de inversiones mineras para modernizar y simplificar trámites

Con el decreto 482/2026, se redefine la reglamentación que data de 1993, buscando mayor competitividad, seguridad jurídica y eficiencia en la gestión estatal del sector minero.

El Poder Ejecutivo nacional publicó en el Boletín Oficial una actualización del Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, reemplazando un anexo del decreto 2686 de 1993. Esta medida forma parte de una serie de reformas destinadas a modernizar y optimizar el sector minero argentino.

 

Esta actualización se enmarca en el contexto del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones, impulsado a partir del decreto 449/2025, que modificó la ley de inversiones mineras (N° 24.196) con el objetivo de simplificar trámites y fortalecer los controles en la industria. El documento oficial destaca que “a más de treinta años de su dictado, resulta necesario adecuar dicha reglamentación a las nuevas realidades productivas, tecnológicas y administrativas, con el fin de optimizar la competitividad del sector y la eficiencia en la gestión estatal”.

 

Con la publicación del decreto 482/2026, se busca desregular procesos y actualizar la normativa para que sea coherente con las modificaciones introducidas desde julio del año anterior. Entre sus objetivos principales se encuentran la simplificación administrativa, la reducción de cargas burocráticas, el fortalecimiento de la seguridad jurídica y la modernización de los controles y mecanismos de promoción del sector.

 

El nuevo anexo especifica con mayor detalle quiénes están alcanzados por el régimen y establece procedimientos claros para la intimación, suspensión y sanción en caso de incumplimiento. Además, redefine los requisitos para la inscripción de operadores mineros y establece condiciones específicas para los prestadores de servicios vinculados a la minería, incluyendo la obligación de acreditar un porcentaje mínimo de facturación proveniente de esa actividad.

 

Para los proyectos nuevos, se exige demostrar la titularidad y presentar los lineamientos básicos del emprendimiento. Además, se implementa un procedimiento para la baja del registro en casos de incumplimiento, con impacto directo sobre los bienes importados bajo beneficios arancelarios. Todos los inscriptos deberán constituir un domicilio legal electrónico, que será el canal oficial para notificaciones, y quienes ya estén registrados deberán cumplir con esta obligación en su próxima presentación anual.

 

En materia de integración regional, la norma amplía el alcance territorial hasta 500 kilómetros. Todo con la intención de fomentar la competitividad mediante la integración entre yacimientos y plantas de beneficio en un área más extensa.

 

Respecto a la estabilidad fiscal, el decreto perfecciona el procedimiento para obtener el certificado que garantiza este beneficio por un plazo de 30 años. Se establecen plazos y requisitos para corregir deficiencias en los estudios de factibilidad, y se aclara que la fecha de estabilidad fiscal será la de presentación del estudio o de la información complementaria que permitió su aprobación. Además, el acto de aprobación tiene carácter declarativo y habilita al beneficiario a reclamar en caso de vulneración de esta estabilidad.

 

En cuanto a impuestos y comercio exterior, se agiliza la devolución acelerada del IVA durante la etapa de exploración, limitando la documentación requerida a facturas y comprobantes, y eliminando la necesidad de notificar trabajos previos. El sistema de autorizaciones para importaciones se reemplaza por una declaración jurada sobre el destino minero de los bienes, integrada con el Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y validada automáticamente mediante el Sistema Informático Malvina (SIM).

 

El decreto también incorpora una nueva declaración jurada anual que los inscriptos deben presentar a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), acompañada de un informe económico-financiero firmado por un profesional habilitado. En materia ambiental, se busca armonizar las exigencias de la Ley 24.196 con la Ley General del Ambiente 25.675. La norma establece que la acreditación del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) podrá cumplir, previa evaluación, con el requisito de previsión para la reparación de daños ambientales.

 

La actualización busca atraer nuevas inversiones, generar empleo y potenciar el desarrollo sostenible del sector. Se espera que estas medidas fortalezcan la posición de Argentina en el mercado global de minerales, fomentando la innovación y la responsabilidad ambiental.

 

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