ARCA modifica la declaración jurada del IVA y cambia la autorización para emitir facturas
A partir de diciembre, la presentación del IVA Simple será obligatoria y se eliminarán las facturas clase M, implementando nuevas modalidades para contribuyentes que no acrediten solvencia patrimonial.
La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció dos modificaciones clave para los contribuyentes que entrarán en vigor a fin de año, afectando la presentación de la declaración jurada del IVA y los trámites relacionados con la emisión de facturas. Una de las principales novedades es que a partir de diciembre la presentación del IVA Simple dejará de ser opcional y se convertirá en un requisito obligatorio, conforme lo establece el Decreto 353/25. Hasta ahora, los contribuyentes podían elegir si presentaban esta modalidad, pero la medida busca unificar y simplificar el proceso.
Actualmente, el Portal IVA de ARCA recopila la información vinculada a las facturas electrónicas emitidas por los contribuyentes y sus proveedores, permitiendo la emisión tanto de la declaración jurada del impuesto al valor agregado como del libro de IVA digital. En este contexto, se eliminarán las cuatro variantes de formularios existentes para la declaración, y se implementará un único procedimiento electrónico integral y asistido. Los responsables inscriptos deberán utilizar el servicio “Portal IVA” en el sitio web de ARCA, completando dos módulos: “Registración Electrónica de Operaciones” y “Determinación del impuesto y del saldo resultante”, para realizar la declaración de manera simplificada.
Por otra parte, ARCA dispuso la eliminación de las facturas de clase "M", según la Resolución General 5762/2025 publicada en el Boletín Oficial. Estas facturas provisionales eran utilizadas por contribuyentes con inconsistencias fiscales que no podían emitir facturas "A" y obligaban al receptor a retener el 100% del IVA y un 6% de Ganancias. En reemplazo, los contribuyentes que no acrediten solvencia patrimonial suficiente pero cumplan con los demás requisitos podrán optar por emitir facturas clase "A" con la leyenda “pago en CBU informada”, las cuales estarán exentas de retenciones.
Además, en los casos que antes requerían la habilitación “M”, ARCA otorgará automáticamente la habilitación clase “A” con la leyenda "operación sujeta a retención". Estas facturas mantendrán la misma codificación y continuidad en la numeración que las “M”, salvo que se habilite un nuevo punto de venta. En paralelo, el organismo implementó un sistema de evaluación cuatrimestral del comportamiento fiscal, que incluye instancias preventivas para que los contribuyentes puedan anticiparse y corregir posibles irregularidades en su situación tributaria.
Analistas aseguran que estas medidas buscan mejorar la transparencia fiscal y reducir la evasión, facilitando el control y la fiscalización por parte de ARCA, al tiempo que ofrecen a los contribuyentes herramientas más claras y seguras para cumplir con sus obligaciones tributarias. Las modificaciones entrarán en vigencia el 1 de diciembre de 2025, y ARCA recomienda a los contribuyentes actualizar sus sistemas y capacitarse para evitar sanciones y demoras en sus trámites.
