ARCA flexibiliza el cómputo de percepciones de IVA y amplía plazos para inscriptos

Desde el 1 de septiembre de 2025, los responsables inscriptos podrán computar percepciones de IVA en hasta cinco períodos fiscales posteriores, según la Resolución General N° 5750/25, buscando reducir trabas administrativas y mejorar la gestión tributaria.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un cambio en el régimen de percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que comenzará a regir a partir del 1 de septiembre de 2025. A partir de esa fecha, los responsables inscriptos podrán computar las percepciones no solo en el período fiscal en que fueron practicadas, sino también en cualquiera de los cinco períodos fiscales siguientes.

 

Esta modificación fue formalizada mediante la Resolución General N° 5750/25, publicada en el Boletín Oficial el miércoles 27 de agosto de 2025. La medida responde a reclamos de diversas entidades empresarias que señalaron dificultades en los sistemas de registración y validación documental, lo que complicaba cumplir estrictamente con los plazos establecidos por la normativa anterior. En este sentido, ARCA explicó que el objetivo de la reforma es "reducir esas trabas administrativas", brindando a los contribuyentes una mayor flexibilidad y facilitando el proceso de determinación del impuesto.

 

La flexibilización forma parte del sistema integral y asistido de determinación del IVA, conocido como Portal IVA, una plataforma que centraliza la liquidación del tributo. Con este cambio, se busca optimizar la eficiencia del sistema y ofrecer mayor previsibilidad a las empresas en la gestión de sus obligaciones fiscales.

 

Antes de la modificación, las percepciones solo podían ser computadas en el período fiscal en que se practicaban. Ahora, esta posibilidad se extiende a cinco períodos fiscales adicionales. Además, la normativa contempla una excepción: en situaciones puntuales, el cómputo podrá aplicarse en el período inmediato anterior, siempre que la operación corresponda a ese lapso y la percepción se haya practicado antes del vencimiento. Por otra parte, si el cálculo arroja un saldo a favor para el contribuyente, este se considerará como ingreso directo, con la posibilidad de aplicarlo conforme lo establecido en el artículo 24 de la Ley de IVA.

 

La medida busca además fomentar la formalización y el cumplimiento voluntario, al simplificar los procesos administrativos para las empresas. ARCA mantendrá la supervisión para evitar posibles usos indebidos del nuevo régimen.

 

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