La nueva normativa para poder operar acciones del Panel General | Dolarhoy.com
MERVAL|22 de septiembre de 2021

La nueva normativa para poder operar acciones del Panel General

BYMA determinó que las acciones del panel general tendrán un mínimo de cantidad para poder ser operadas.

Por redacción

 

Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA), el mercado bursátil más importante de Argentina, recientemente publicó las nuevas normativas que afectan a las acciones del Panel General, es decir, a aquellas acciones que no tienen volumen suficiente como para entrar al Panel Líder, segmento en el cual se encuentran las empresas locales más conocidas.

 

El nuevo reglamento

A través del Comunicado N17930, la entidad detalló que a partir del 4 de octubre de este año existirá una cantidad mínima de nominales para el ingreso de órdenes:

 

  • AGRO: 100
  • AUSO: 25
  • BHIP: 200
  • BOLT: 500
  • BPAT: 25
  • CADO: 50
  • CAPX: 25
  • CARC: 1000
  • CECO2: 100
  • CELU: 100
  • CGPA2: 50
  • CTIO: 20
  • DGCU2: 50
  • DOME: 200
  • DYCA: 20
  • FERR: 200
  • FIPL: 200
  • GAMI: 50
  • GBAN: 50
  • GRIM: 50
  • HAVA: 10
  • INTR: 100
  • INVJ: 100
  • LEDE: 50
  • LONG: 200
  • METR: 50
  • MOLA: 2
  • MOLI: 20
  • MORI:100
  • MTR: 10
  • OEST: 50
  • PATA: 50
  • POLL: 100
  • RIGO: 20
  • ROSE: 200
  • SAMI: 20
  • EMI: 500

Es muy importante tener en cuenta que se trata de cantidades mínimas, no de bloques, por lo que pueden comprarse nominales que no sean múltiplos de las cifras dadas.

 

Aunque la normativa pueda incomodar a simple vista, lo cierto es que el resultado del producto entre la cantidad de acciones y su precio no es muy elevado, por lo que los inversores minoristas no saldrán perjudicados.

 

El objetivo de BYMA es aumentar el volumen de operaciones del Panel General y eliminar aquellas operaciones de muy pocos nominales que se ejecutan para "confundir" al mercado.