Medicamentos: la Justicia suspendió la venta fuera de farmacias
La Cámara Contencioso Administrativo Federal advirtió sobre los riesgos para la salud pública y suspendió varios artículos del DNU de Javier Milei, que permitían la venta de remedios en lugares no autorizados
Por Eric Nesich
Periodista especializado en Economía y Finanzas
La Justicia decidió suspender varios artículos del decreto desregulador 70/2023, implementado por Javier Milei, lo cual implica que ciertos medicamentos, como analgésicos y antiácidos, no podrán venderse en kioskos ni en locales que no estén legalmente habilitados como farmacias.
La Cámara Contencioso Administrativo Federal argumentó que el levantamiento de estas restricciones podría tener consecuencias negativas para la salud pública, resaltando "los evidentes efectos adversos" que tales medidas pueden ocasionar.
El fallo se produjo tras una medida cautelar parcial presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA), que llevó a la suspensión de los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU. La decisión fue firmada por las juezas Clara Do Pico, Liliana Heiland, y el juez Rodolfo Eduardo Facio.
Estas organizaciones habían denunciado la venta ilegal de medicamentos en diversos comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Resaltaron que existía una falta de fiscalización estatal, lo que afectaba tanto a los profesionales del sector como a los pacientes. Desde un principio, los puntos del decreto cuestionados habían sido rechazados por colegios profesionales y sindicatos de salud.
Tras el fallo, COFA emitió un comunicado donde destacan que la resolución "reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial". Además, describieron el expendio de medicamentos como una "función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico".
Por último, respecto a las pautas para la venta de medicamentos en establecimientos no habilitados como farmacias, el decreto establece que la comercialización de ciertos productos estará limitada, permitiendo solo la venta de analgésicos y antiácidos bajo condiciones reguladas que deben cumplir los establecimientos antes de ser autorizados por la autoridad sanitaria.