La IGJ elimina registro de entidades inactivas: impacto en empresas y fundaciones
Una resolución emitida en 2010 obligaba a empresas y entidades a presentar una declaración jurada. Sin embargo, este requisito dejó de exigirse en 2016 y fue derogado en 2017, aunque permanecía un registro con 523.800 sociedades catalogadas como "inactivas". La Inspección General de Justicia elimina un registro de empresas por considerarlo "innecesario".
La Inspección General de Justicia (IGJ) decidió eliminar el denominado Registro de Entidades Inactivas (REI), compuesto hasta la fecha por 523.800 empresas e instituciones privadas. El REI agrupaba entidades que no habían cumplido con la presentación de una declaración jurada obligatoria impuesta por una resolución de 2010. En este trámite debían informar datos como su sede social, autoridades actuales, estados contables y CUIT.
El propósito de esta medida, implementada hace 15 años, era “mejorar las tareas de fiscalización y actualizar la base de datos de sociedades comerciales, extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones”. Se otorgó un plazo de 60 días para cumplirla. La iniciativa conocida como "Operativo Declaración Jurada" fue impulsada por Marcelo Mamberti, entonces titular de la IGJ. Sin embargo, el propio organismo admitió que el trámite resultó inútil y generó confusión entre los afectados.
La acumulación de documentos llevó a la IGJ, en 2014, a extender reiteradamente los plazos de presentación de la declaración jurada. Aquellas entidades que no cumplían con este requisito eran incluidas en el REI y se les prohibía realizar otros trámites. En 2016, se eliminó esta restricción, permitiendo a las empresas realizar gestiones sin presentar la declaración. El trámite fue oficialmente derogado en 2017, basándose en la necesidad de aliviar las tareas del organismo. No obstante, se mantuvo la obligación para las empresas incluidas en el REI de regularizar su situación.
Finalmente, el organismo justificó la eliminación del registro al señalar que generaba complicaciones internas y carecía de utilidad práctica: “El REI, al ser estático, no refleja fielmente la situación de inactividad de las personas jurídicas incluidas ni aporta información relevante sobre estas entidades. Su contenido carece de utilidad para elaborar estadísticas precisas y genera incertidumbre para los interesados, terceros y organismos de control nacionales e internacionales”, se detalla en la resolución publicada en el Boletín Oficial.
Además, la IGJ anunció que, entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre, las empresas y sociedades que estén atrasadas en la presentación de sus estados contables y actas de directorio de años anteriores podrán regularizar su situación. Deberán completar un formulario único denominado “Presentación fuera de término de estados contables”, dependiendo del tipo de entidad, y podrán incluir documentación adicional de ejercicios previos si lo desean. En el caso de las fundaciones, además de presentar los estados contables pendientes, deberán adjuntar las actas del Consejo de Administración que los aprueben, el plan trienal de acción para los próximos tres años, y la documentación del último ejercicio contable cerrado.