El Gobierno elimina cargas fiscales que afectaban la competitividad industrial en Tierra del Fuego
Mediante el decreto 535/2025, se suprimen impuestos adicionales para las empresas del Área Aduanera Especial, fortaleciendo el régimen industrial fueguino.
El Poder Ejecutivo nacional, a través del decreto 535/2025, derogó restricciones fiscales que desde hace décadas afectaban la competitividad del régimen industrial de Tierra del Fuego en el mercado continental argentino. Esta medida beneficia a las empresas ubicadas en el Área Aduanera Especial de la isla que forman parte del régimen de promoción actualizado por el decreto 727/2021, eliminando cargas fiscales que generaban una desventaja frente a productos fabricados en otras regiones del país.
Durante años, los decretos 1139/88 y 1395/94 imponían impuestos adicionales, como un IVA extra y limitaciones en el Impuesto a las Ganancias, cuando las empresas fueguinas comercializaban en el territorio continental. Esto distorsionaba la lógica del régimen y afectaba la competitividad de la industria local.
Con el nuevo decreto 535/2025 se establecen modificaciones clave: Se elimina la aplicación del IVA adicional en ventas al continente. Se suspenden restricciones en Ganancias que impedían descontar beneficios en ventas a consumidores finales, empresas vinculadas o intermediarios. Se garantiza la plena vigencia de los beneficios fiscales previstos en la Ley 19.640 para quienes produzcan en la isla y acrediten el origen fueguino. Se reconoce que las restricciones eliminadas respondían a un contexto económico ya superado.
Desde el Gobierno destacaron que esta iniciativa no solo fortalece la industria fueguina, sino que amplía la oferta de productos nacionales en todo el país, beneficiando a los consumidores, generando empleo genuino y promoviendo el arraigo poblacional en una región estratégica para la soberanía nacional. El decreto aplica a las empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego que estén adheridas al régimen establecido por el decreto 727/2021 y puedan certificar el origen fueguino de sus productos, conforme a la Ley 19.640. La entrada en vigencia es inmediata para el IVA, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, y para el Impuesto a las Ganancias regirá desde el primer ejercicio fiscal posterior a esa fecha.
En un comunicado, el partido La Libertad Avanza afirmó que “con este decreto el Gobierno devuelve al régimen fueguino su razón de ser: promover el desarrollo productivo, con libertad económica y reglas estables”. Agregaron que “se trata de un paso clave para liberar las fuerzas productivas del sur del país y dar impulso a la economía real, sin clientelismo ni privilegios, sino con reglas claras y previsibilidad”. El comunicado concluye que “en tiempos en que el esfuerzo privado vuelve a ser el motor del crecimiento, Tierra del Fuego tiene una oportunidad histórica para posicionarse como un verdadero polo industrial”.