El Gobierno derogó normativas sobre la contratación de obra pública: los detalles

La derogación de normativas incluye el Registro Nacional de Constructores y la Ley de Consultoras. El objetivo es simplificar la burocracia y facilitar la participación de empresas en las licitaciones del Estado.

Martes 18 de febrero del 2025 a las 12:27 pm

 

El Gobierno nacional ha tomado la decisión de derogar varias normativas que regulaban la contratación de obra pública y servicios de consultoría.

 

Esta medida, que se hizo oficial a través del decreto 105/2025 publicado en el Boletín Oficial, afecta al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, establecido por la Ley Nº 13.064, el cual buscaba calificar y capacitar a las empresas del sector.

 

A partir de ahora, las constructoras que deseen participar en contrataciones con la Administración Pública no necesitarán inscribirse en este registro, sino que deberán cumplir con las exigencias que se determinen a través del Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).

Además, se ha derogado íntegramente la Ley Nº 22.460, que regulaba el Registro Nacional de Firmas Consultoras de Obras Públicas. Este sistema regulaba las condiciones que debían cumplir las empresas consultoras para poder ofrecer sus servicios. Sin embargo, el Gobierno considera que este registro se ha vuelto obsoleto, gracias a la implementación del SIPRO.

 

Otra de las modificaciones incluidas en el decreto es el cambio en el régimen de habilitación de proveedores, específicamente en el artículo 27 del Decreto Nº 1023/01. La nueva normativa establece que solo podrán participar en procedimientos de selección aquellas personas o empresas que estén debidamente inscriptas en la base de datos administrada por el órgano rector. Esta centralización de información busca reducir la duplicación de documentación y garantizar que todos los proveedores cumplan con los mismos requisitos.

 

Asimismo, el decreto introduce nuevas disposiciones para la concesión de obras e infraestructura pública, siguiendo lo que estipula la Ley Nº 17.520. Las personas o empresas que deseen participar en estos procesos de concesión deberán estar registradas en la nueva base de datos que será gestionada por las autoridades correspondientes.

 

La eliminación de registros y la creación de una única base de datos tienen como objetivo simplificar los procedimientos de contratación pública y disminuir la burocracia. La coexistencia de múltiples registros había provocado complejidades y sobrecargas en el proceso.

 

Según expresan los considerandos del decreto, esta medida permitirá suprimir barreras que complicaban el acceso a la contratación pública y, al mismo tiempo, aliviar las cargas administrativas para los proveedores. El decreto 105/2025 entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, aunque su aplicación inicial se limitará a los procedimientos de selección que sean autorizados tras la reglamentación de esta normativa.

 

Hasta que se complete dicho marco regulatorio, seguirán en funcionamiento los actuales regímenes de inscripción de proveedores. Finalmente, el Gobierno deberá informar al Congreso de la Nación sobre esta medida, cumpliendo con lo establecido en la Ley Nº 26.122.

 

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