Arrancó la recategorización del Monotributo: qué tenés que saber y hasta cuándo hay tiempo para hacer el trámite
Hay tiempo hasta el 5 de febrero inclusive para realizar la recategorización del monotributo. A continuación, los detalles.
Por Eric Nesich
Periodista especializado en Economía y Finanzas
El Gobierno puso primera con el proceso de recategorización para los monotributistas, como había anticipado la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Desde el 15 de enero ya se puede hacer el trámite, pero hay tiempo solo hasta el 5 de febrero para ponerse al día.
El hecho quedó oficializado con la Resolución General 5637/2025 publicado en el Boletín Oficial. Ahí se detallaron las nuevas reglas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), y también cómo se van a calcular las categorías a las que te podés pasar según tus ingresos declarados.
¿Cómo se calcula la nueva categoría?
Para definir la categoría que te toca, van a usar el dato del Índice de Precios al Consumidor (IPC). El INDEC publica este índice cada seis meses, y con esa info se ajustan las escalas en enero y en julio. Para esta recategorización, el cálculo se hizo en base a la inflación acumulada del segundo semestre de 2024.
El último dato de inflación fue del 2,7% en diciembre, lo que dejó un aumento total del 21,14% en ese semestre. Así que las categorías desde la A hasta la K quedan actualizadas más o menos así:
- Categoría A: ingresos de hasta $7.813.530, impuesto mensual sube de $26.600 a $32.223.
- Categoría B: ingresos hasta $11.447.730, pagás $36.681 por mes.
- Categoría C: con ingresos de hasta $16.051.050, el impuesto será $42.954.
- Categoría D: máximo de $19.927.530, pagás $55.050.
- Categoría E: ingresos de hasta $23.440.590. El impuesto es distinto si vendés bienes o brindás servicios: $77.951 o $70.440, respectivamente.
- Categoría F: hasta $29.376.450, los montos son $98.103 para bienes y $84.535 para servicios.
- Categoría G: hasta $35.130.600, entre $103.328 y $149.845, según la actividad.
- Categoría H: ingresos de hasta $53.301.600. Pagás $340.081 por bienes y $206.827 por servicios.
- Categoría I: ingresos de hasta $59.661.450, con impuestos de $627.030 para bienes y $309.038 para servicios.
- Categoría J: hasta $68.322.960, abonás $377.873 por servicios o $759.464 por bienes.
- Categoría K: el tope sube a $82.375.200. Los montos son $1.050.386 por bienes y $456.800 por servicios.
El trámite es sencillo: se puede hacer desde la web de la ARCA o usando la app oficial. Solo tenés que revisar tus ingresos de los últimos 12 meses y ver en qué categoría caés.
Si te pasás del 5 de febrero, podés tener problemas con AFIP y quedarte fuera de la nueva escala. La recategorización no es opcional; si no estás bien encuadrado, te pueden caer con multas.
Además de ajustar las escalas con la inflación, se agiliza el proceso para que sea más automático usando los datos que ya tiene el sistema. También te van a notificar cualquier resolución en tu Domicilio Fiscal Electrónico, así que revisá tus mensajes porque ahí te avisan si hay algo pendiente.