ARCA lanza plan de pago para empresas que actualizaron quebrantos en sus balances

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitó facilidades para firmas que rectificaron pérdidas contables por IPC mayorista, pese a diferencias legales y fallos de la Corte Suprema que avalan esta práctica.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó un nuevo plan de facilidades para empresas que hayan realizado rectificaciones en sus balances contables por pérdidas actualizadas incorrectamente. Esta convocatoria abarca a firmas que actualizaron quebrantos en 2023 y años anteriores, así como a aquellas que proyectan hacerlo para el ejercicio fiscal 2024 y ya manifestaron esta intención mediante Presentación Digital o vía judicial.

 

En un comunicado, ARCA explicó que con esta iniciativa se busca incorporar un nuevo universo de contribuyentes con el fin de disminuir la litigiosidad en torno a la actualización de quebrantos. La agencia sigue el dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI), que sostiene que la Ley de Impuesto a las Ganancias no autoriza la actualización de pérdidas, aunque existen fallos de la Corte Suprema de Justicia que obligan a admitirla.

 

La reciente Resolución General 5742/2025 amplió los conceptos incluidos en el plan, incorporando multas relacionadas, redujo el pago inicial requerido, aumentó la cantidad máxima de cuotas a 120 y extendió los plazos para adherirse, además de permitir la refinanciación de planes vigentes. Estas medidas buscan facilitar a los contribuyentes la regularización de saldos derivados de declaraciones juradas con errores en el cómputo o actualización de quebrantos, que en varios casos provocaron una incorrecta determinación de la base imponible y generaron saldos adeudados por Ganancias de ejercicios anteriores. Es imprescindible que la declaración original o rectificativa esté presentada al momento de adherirse al plan.

 

El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, destacó que los contribuyentes enfrentan una decisión fundamental: acatar la postura oficial de ARCA, que rechaza la actualización, o apoyarse en fundamentos legales y jurisprudenciales que la permiten para evitar efectos confiscatorios. "Cada contribuyente debería analizar cuidadosamente su caso, considerando no solo los aspectos técnicos y probatorios vinculados a la confiscatoriedad, sino también los costos, los plazos y el nivel de tolerancia al riesgo que esté dispuesto a asumir", afirmó.

 

Domínguez recordó que "el artículo 25 de la Ley de Impuesto a las Ganancias establece que los quebrantos se actualizan teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), publicado por el INDEC" y añadió que "el primer párrafo del artículo 93 establece la suspensión de las actualizaciones pero solamente para casos excepcionales, entre los cuales no están los quebrantos".

 

Frente a consultas, ARCA decidió considerar válida una resolución de la DNI que incluye a los quebrantos en los conceptos no actualizables, aunque existen fallos de la Corte Suprema que avalan la actualización. Tras la Reforma Tributaria de 2017, para ejercicios fiscales iniciados desde el 1º de enero de 2018, los quebrantos volvieron a ser actualizables. La Suprema Corte, en la causa 'Telefónica de Argentina S.A. y otro' del 25 de octubre de 2022, extendió la doctrina del caso 'Candy' para permitir la actualización cuando la falta de esta resulta confiscatoria y afecta el derecho de propiedad.

 

El plan permite incluir multas vinculadas a las obligaciones sujetas a las facilidades de pago, además de los saldos del impuesto y sus intereses. El pago inicial se redujo del 3% al 2% del total adeudado y las cuotas mínimas pueden ser de hasta $500.000.

 

Las empresas pueden rectificar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, revirtiendo el quebranto y retrotrayendo las compensaciones realizadas sin necesidad de un nuevo pago inicial, siempre que cumplan con las condiciones objetivas. Las adhesiones estarán habilitadas desde el 12 de agosto de 2025 en el sistema “Mis Facilidades”, mientras que la refinanciación de planes vigentes se podrá solicitar a partir del 2 de septiembre de 2025.

 

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