Presupuesto 2026: definen reglas claras para el gasto y control de Milei y sus ministros

El Gobierno oficializó las pautas para la distribución y ejecución del Presupuesto 2026, estableciendo límites, controles y flexibilidad en el uso de fondos públicos durante el año.

Este martes, el Gobierno oficializó mediante la Decisión Administrativa 1/2026 las pautas que regirán la distribución y ejecución del Presupuesto 2026, que ya cuenta con las partidas aprobadas por el Congreso en la Ley 27.798. Esta normativa no crea gastos ni impuestos adicionales, sino que organiza el uso de los recursos asignados para este año.

 

La medida establece cómo se distribuyen los créditos presupuestarios, quiénes tienen la facultad de modificarlos, qué controles se aplican sobre el personal estatal, la forma de financiamiento de las empresas públicas y las condiciones para ejecutar obras e inversiones. Estas reglas entraron en vigencia con su publicación y se aplicarán durante todo 2026, impactando directamente en la gestión diaria de ministerios y organismos.

 

La normativa formaliza la distribución de todos los gastos e ingresos previstos para el año, incluyendo gastos corrientes, de capital, fuentes de financiamiento, aplicaciones financieras y contribuciones figurativas. Además, define la cantidad de cargos y horas de cátedra asignadas a cada jurisdicción estatal, integrando cambios institucionales recientes, como la incorporación de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) al Ministerio de Salud, con la transferencia correspondiente de fondos, bienes y personal para garantizar la continuidad de servicios.

 

Para la cobertura de cargos vacantes, los organismos deberán certificar que el puesto está efectivamente libre y que cuentan con financiamiento aprobado, limitando así nuevas incorporaciones sin respaldo presupuestario. Uno de los puntos centrales es el seguimiento exhaustivo del personal. Todas las jurisdicciones y entidades deberán reportar trimestralmente la evolución de sus plantillas y contrataciones, sin importar la modalidad o fuente de financiamiento.

 

Respecto a cargos ejecutivos o jerárquicos, la creación, modificación o eliminación de estos puestos requerirá la aprobación directa del Presidente, previa intervención de las áreas de Transformación del Estado y Hacienda. Cada solicitud deberá incluir un análisis detallado de costos y fuentes de financiamiento.

 

Además, se establece un cronograma obligatorio para que los organismos del Sector Público Nacional realicen contribuciones al Tesoro en cuatro cuotas iguales durante 2026, con vencimientos en marzo, junio, septiembre y diciembre. Los remanentes de recursos no utilizados en 2025 deberán reintegrarse a la Tesorería General de la Nación antes del 30 de octubre de 2026, salvo que una ley autorice otro destino. La Secretaría de Hacienda podrá prorrogar este plazo bajo una decisión fundada.

 

La norma reconoce que una parte de los gastos previstos para 2026 tiene carácter indicativo, permitiendo ajustes dentro de los límites generales aprobados. Esta flexibilidad alcanza también a asignaciones por programa, obra y distribución geográfica. En cuanto a los gastos vinculados a inteligencia, incluyendo los reservados, cualquier modificación o reprogramación requerirá la aprobación previa de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE).

 

La Oficina Nacional de Presupuesto podrá realizar ajustes menores en la ejecución del gasto, sin necesidad de autorización política superior, siempre que no superen los $50 millones por trimestre. Ajustes mayores o que impliquen cambios en el destino del gasto deberán contar con aprobación de autoridades superiores.

 

Se refuerzan los controles sobre el destino efectivo de los fondos públicos, no solo sobre el monto gastado. Los organismos deberán informar periódicamente el avance real de sus programas y proyectos. En caso de incumplimiento reiterado, la Secretaría de Hacienda podrá suspender órdenes de pago.

 

Asimismo, no se podrán contratar obras ni adquirir bienes de uso como maquinaria, equipamiento, vehículos o infraestructura sin una evaluación favorable de la Dirección Nacional de Inversión Pública, condicionando así el inicio de nuevos proyectos durante 2026. El financiamiento a las empresas públicas no financieras se centralizará a través de la Jurisdicción 91 (Obligaciones a cargo del Tesoro), unificando transferencias, aportes de capital y préstamos reintegrables para mejorar el control y seguimiento de los recursos públicos.

 

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?