Monotributo: cuáles son los cambios que oficializó el Gobierno
Finalmente los cambios en el monotributo fueron reglamentados hoy a través del Decreto 661/2024 en el Boletín Oficial.
Por Eric Nesich
Periodista especializado en Economía y Finanzas
El Gobierno anunció oficialmente los cambios en el régimen del monotributo a través del Decreto 661/2024, publicado en el Boletín Oficial hoy miércoles. Esta modificación forma parte de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
A partir de 2025, la AFIP actualizará los límites de facturación del monotributo cada enero y julio en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Los nuevos montos serán aplicables desde el primer día del mes siguiente a la actualización.
Además, si un contribuyente supera los límites establecidos durante el año, permanecerá en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) en la Categoría K hasta la próxima recategorización semestral. Las personas que hayan abandonado el régimen pero continúen con sus actividades podrán reincorporarse en cualquier momento, siempre que cumplan con los requisitos y en la categoría que les corresponda.
Desde el Ministerio de Economía destacaron que el nuevo límite máximo de facturación es de $68 millones, un notable aumento respecto a los $17 millones para bienes muebles y $13,3 millones para servicios anteriormente vigentes. Esto representa un incremento del 470% para los prestadores de servicios.
Además, se unifican las escalas para la venta de bienes y los servicios, permitiendo que profesionales independientes y quienes realizan diversos oficios facturen en niveles previamente reservados para el comercio.
También se prevé un aumento en las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Las cuotas impositivas subirán entre 278% y 510%, la de seguridad social entre 212% y 343%, y la de obra social entre 212% y 214%.
Estas nuevas escalas entrarán en vigencia el 1 de agosto, con un plazo extendido para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.
Escalas de Facturación Anual a partir de Agosto
- Categoría A: De $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)
- Categoría B: De $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)
- Categoría C: De $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)
- Categoría D: De $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)
- Categoría E: De $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)
- Categoría F: De $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)
- Categoría G: De $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)
- Categoría H: De $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)
- Categoría I: De $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)
- Categoría J: De $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)
- Categoría K: De $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)
Estos cambios buscan ajustar el régimen del monotributo a las nuevas realidades económicas y brindar mayor flexibilidad a los pequeños contribuyentes.