Habrá retenciones del 15% y cambios en pesca y biocombustibles en la Ley Ómnibus | Dolarhoy.com
Gobierno|28 de diciembre de 2023

Habrá retenciones del 15% y cambios en pesca y biocombustibles en la Ley Ómnibus

Los cambios son de índole exportadora tanto para faena, frigorifcos, pesca y biocombustibles. También se oficializan las retenciones del 15% para determinados productos agropecuarios.

Por Eric Nesich

 

El proyecto de Ley Ómnibus enviado ayer al Congreso de la Nación, buscará modificar el esquema de derechos de exportación de determinados complejos exportadores, cambios en el Régimen Federal de Pesca y en Ley de Biocombustibles.

 

Estos temas son parte del Capítulo VI de la denominada "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos". En referencia a los derechos de exportación se establecería una alícuota del 15% para productos que actualmente no tributan, como el trigo y maíz. que hoy día están gravados con un 12%, o la carne vacuna, con un 9%.

 

Sin incrementos impositivos quedaron los complejos olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana, en tanto que para la cadena vitivinícola, el aceite y la esencia de limón pasará a ser del 8%. Estos sectores no alcanzados se lograron tras un acuerdo entre el Ministerio de Economía, la Secretaría de Bioeconomía y las entidades agropecuarias y agroindustriales, dado que en un primer momento se proyectó gravar su actividad con un 15%.

 

Otro sector que no sufrirá aumentos de retenciones son hidrocarburos y mineras, que seguirán con las alícuotas que rigen actualmente. En tanto que harina y aceite de soja subirán dos puntos hasta el 33%

 

Por otra parte, el Gobierno propone reglamentar la habilitación y funcionamiento de los establecimientos de faena y frigoríficos, como así también establecer cambios en el Régimen Federal de Pesca.

 

Para el caso de las entidades cárnicas "El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) reglamentará, en todo el territorio del país, el régimen de habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenan animales, o se elaboren o depositen productos de origen animal", dice el texto.

 

"Ese régimen comprenderá los requisitos de construcción e ingeniería sanitaria, los aspectos higiénicos, sanitarios y ambientales de elaboración, industrialización y transporte de las carnes, productos, subproductos y derivados de origen animal destinados al consumo en cualquier parte del territorio del país o a la exportación" propone el Artículo 228.

 

En tanto, "las provincias podrán dictar normas complementarias que no contravengan las disposiciones de esta ley y su reglamentación frente a emergencias sanitarias concretas que afecten a una determinada provincia y que supongan elevar las exigencias sanitarias de manera razonable y proporcional a la emergencia", como así también clausurar establecimiento, aunque deberá informar a autoridades nacionales al respecto.

 

También se modificarían los objetivos del Régimen Federal Pesquero y del Consejo Federal Pesquero (CFP).y la modificación a la Ley 27640 de Biocombustibles, en base a cambios de la autoridad de aplicación, tipo de productos, registro de productores y porcentajes mínimos de mezcla.