Reforman el régimen de desarmaderos para digitalizar trámites y mejorar la trazabilidad de autopartes
El nuevo decreto elimina la renovación anual de inscripciones y establece registros digitales para piezas, con códigos únicos que facilitarán el control y la lucha contra el comercio ilegal en todo el país.
El Gobierno nacional anunció una reforma integral en el régimen que regula los desarmaderos legales de automotores y la venta de autopartes usadas, a través del Decreto 536/2025 publicado en el Boletín Oficial el lunes 4 de agosto. Esta medida elimina la obligación de renovar anualmente la inscripción de los desarmaderos y promueve la digitalización de los trámites para fortalecer la trazabilidad y combatir el comercio ilícito de piezas.
Firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, el decreto alcanza a personas físicas y jurídicas que desarmen vehículos o comercialicen repuestos usados, así como a aseguradoras, fuerzas de seguridad y organismos de control involucrados en el proceso. La normativa actualiza el antiguo Decreto 744/2004, adaptándolo a la Ley 25.761 y sus modificaciones, y suprime los trámites en papel, fotografías impresas y presentaciones presenciales que hasta ahora eran obligatorios.
Con esta reforma, la solicitud de baja de un vehículo y la declaración de piezas recuperables deberán gestionarse exclusivamente de forma digital mediante la plataforma de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios. El responsable del desarme tendrá que registrar en línea el listado de piezas, la documentación correspondiente y las fotografías, con la firma del titular registral y, si corresponde, de su cónyuge y acreedores prendarios.
El Certificado de Baja y Desarme también será digital y podrá ser consultado y descargado por los actores involucrados en el proceso, de acuerdo con los niveles de acceso que establezca la Dirección Nacional. Según el decreto, “el Certificado de Baja y Desarme deberá estar disponible para su consulta y descarga por los sujetos intervinientes en el proceso de baja y desarme, según los criterios y niveles de acceso que establezca la mencionada Dirección Nacional”.
Una de las innovaciones centrales consiste en asignar a cada autoparte recuperable un código identificatorio único que permitirá su seguimiento en tiempo real. Los desarmaderos deberán registrar tanto el ingreso como la salida de cada pieza en la plataforma digital. Además, las fuerzas de seguridad tendrán acceso en línea para consultar el stock total de piezas, sus datos específicos y validar la autenticidad de los códigos. El decreto destaca que “la incorporación de procesos digitales no solo simplificará la gestión administrativa, sino que mejorará la trazabilidad efectiva de la comercialización de autopartes y permitirá detectar irregularidades en tiempo real, lo que contribuye a desarticular canales de comercialización ilegítimos”.
Asimismo, se elimina la obligación de renovar anualmente la inscripción en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas, considerada una carga administrativa innecesaria. En adelante, los desarmaderos deberán mantener actualizada la documentación según los plazos y modalidades que establezca la Dirección Nacional. El decreto también incorpora la posibilidad de notificar electrónicamente situaciones de inactividad transitoria o impedimentos operativos, evitando sanciones cuando existan causas justificadas informadas debidamente.
En materia de seguros, las compañías deberán exigir el Certificado de Baja y Desarme digital antes de abonar indemnizaciones por destrucción o daño total de vehículos. En casos de robo o hurto, se requerirá la denuncia correspondiente registrada ante la Dirección Nacional o el Registro Seccional. La Superintendencia de Seguros de la Nación dictará las normas complementarias para adecuar las pólizas a esta nueva regulación.
Las fuerzas de seguridad tendrán facultades para inspeccionar locales, detener vehículos que transporten autopartes y verificar la documentación y el estado de las piezas. El Ministerio de Seguridad Nacional elaborará un instructivo detallado para las inspecciones y podrá llevar adelante campañas informativas sobre el alcance de la normativa.
Las autoridades tendrán un plazo de 60 días corridos desde la publicación del decreto para adecuar sus sistemas y procedimientos. En ese mismo período, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dictará las normas técnicas sobre el funcionamiento y características del código identificatorio de autopartes.
Una vez cumplidos estos plazos, los desarmaderos y comerciantes deberán presentar una declaración jurada detallada del stock de piezas usadas incluidas en el listado oficial. Las piezas que no cumplan con los requisitos de identificación y documentación serán obligatoriamente destruidas.