ARCA notificó recategorizaciones de oficio en el monotributo: cómo apelar la decisión

Tras un cruce de datos, ARCA envió notificaciones a monotributistas por recategorizaciones automáticas basadas en ingresos con pagos electrónicos y explicó el proceso para presentar apelaciones.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) notificó a un grupo de monotributistas sobre recategorizaciones de oficio luego de detectar que su ubicación en la tabla del régimen simplificado no correspondía con sus ingresos reales. Este procedimiento se realiza tras el cierre del período para que los contribuyentes revisen y, de ser necesario, modifiquen su categoría en base a la facturación anual.

 

El análisis se centró en quienes cuentan con habilitación para cobrar mediante códigos QR, tarjetas de crédito o débito, cotejando que los montos registrados coincidan con los ingresos permitidos en la categoría asignada. Esta información incluye todas las operaciones, sin importar su monto, y fue la principal causa de las recategorizaciones automáticas durante este período.

 

Desde ARCA aclararon que no se utilizaron datos provenientes de transferencias a billeteras virtuales para estas recategorizaciones, desmintiendo rumores que circulaban en redes sociales. En mayo de 2025 se modificaron las normativas que regulan la información que el organismo puede recibir sobre operaciones con billeteras virtuales, limitándose a transferencias y acreditaciones superiores a $50 millones para personas físicas, por lo que esos datos no influyeron en las decisiones recientes.

 

El organismo tiene un plazo de 10 días hábiles, tras el cierre del período de recategorización, para realizar estas tareas, plazo que ya ha finalizado. La cantidad de notificaciones enviadas en esta ocasión fue superior a la de períodos anteriores, lo que generó un amplio debate en redes sociales.

 

Los monotributistas que recibieron notificaciones pueden presentar un recurso de apelación si cuentan con pruebas que justifiquen que su clasificación original era correcta. Para ello, deben ingresar a la página de ARCA con su clave fiscal y acceder a “Domicilio Fiscal Electrónico”. El plazo para apelar es de hasta 15 días hábiles desde la apertura de la notificación o desde el martes o viernes siguiente a la fecha de envío.

 

El trámite se realiza de forma virtual, seleccionando “Presentaciones Digitales” y luego “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”. En caso de haber pasado ese plazo, existe la opción de presentar un “Recurso fuera de término”. El sistema permite adjuntar documentación de respaldo y dejar un descargo escrito. Además, se solicitan datos de contacto para posibles consultas posteriores. Las resoluciones sobre las apelaciones se publican también en el “Domicilio Fiscal Electrónico”.

 

Hasta septiembre de 2025, había más de 4,7 millones de monotributistas, de los cuales alrededor de 2,8 millones aportan al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Seis de cada diez estaban ubicados en las categorías más bajas, A y B, que permiten ingresos anuales de hasta $15.058.447,71 (un promedio mensual de $1,25 millones).

 

El mes pasado, ARCA publicó la tabla vigente del monotributo con un incremento del 14,29% respecto al semestre anterior, en línea con la inflación acumulada entre julio y diciembre de 2025. La próxima actualización será en julio y se ajustará según la variación de precios del primer semestre del año.

 

En la categoría A, el tope anual para ingresos es de $10.277.988,13, mientras que en las categorías B y C los límites son $15.058.447,71 y $21.113.696,52, respectivamente. El máximo anual permitido para permanecer en el régimen, correspondiente a la categoría K, es de $108.357.084,05.

 

Los pagos mensuales por monotributo, obra social y aportes jubilatorios también se ajustaron un 14,29%. En la categoría A, el monto total es de $42.386,74, compuesto por $4.780,46 de impuesto, $15.616,17 de aporte jubilatorio y $21.990,11 para la obra social.

 

Desde la categoría C en adelante, los valores impositivos varían según la actividad, distinguiendo entre servicios y comercio. El impacto económico para cada monotributista dependerá de si tras la recategorización se mantiene en la misma categoría o cambia a una superior o inferior.

 

Los contribuyentes deben actuar rápido y presentar la apelación con toda la documentación que respalde su situación. ARCA evaluará cada caso y podrá confirmar o revertir la recategorización según los argumentos y pruebas presentados.

 

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