Créditos de hasta $150.000 para monotributistas: enterate cómo conseguirlo | Dolarhoy.com
Ahorro|13 de agosto de 2021

Créditos de hasta $150.000 para monotributistas: enterate cómo conseguirlo

Esta mañana, en la publicación del Boletín Oficial, se dieron a conocer todos los detalles de la noticia.

Por Simón Salas Seeber

 

La nueva medida, firmada por Alberto Fernández y Santiago Cafiero, entre otros, fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial y trajo buenas noticias para los monotributistas.

 

La misma fue justificada de la siguiente manera: "la actual coyuntura de reactivación económica del sector productivo, corresponde que el Gobierno nacional adopte medidas tendientes a acompañar la misma e incentivar el consumo, en el contexto de recuperación y reconstrucción productiva de nuestro país".

 

El golpe en la economía local es notorio y por eso las autoridades creen conveniente inyectar dinero directamente en el bolsillo de los ciudadanos para impulsar la reactivación. 

 

A través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Gobierno Nacional promueve este nuevo plan de créditos a tasa 0% para monotributistas. Los montos a solicitar varían dependiendo de la categoría:

 

  • Categoría A: hasta $90.000
  • Categoría B: hasta $120.000
  • Categoría C: hasta $150.000

Habrá un plazo de seis meses para empezar a pagarlo y se podrá hacer en hasta 12 cuotas.

 

¿Cómo solicitarlo?

Según informó la Presidenta del organismo, Mercedes Marcó del Ponto, a partir del 25 de agosto se podrá pedir el beneficio a través del sistema en la página web de la AFIP. En la misma página, se mostrará si uno está habilitado o no para acceder al Programa de Créditos y se informará el monto que corresponda.

 

Los dos requisitos principales son: cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y estar adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

 

Quienes ya hayan recibido algún crédito similar de los lanzados el año pasado podrán volver a reclamar este beneficio. El único obstáculo sería la mora en el cumplimiento de sus obligaciones. El documento establece que para los adheridos al "Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que hubieran obtenido un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP y que al momento de solicitar un Crédito a Tasa Cero 2021 se encontrasen en mora en el cumplimiento del crédito 2020, deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedare remanente".

 

El crédito no se puede utilizar para cualquier fin. Está prohibido destinar los fondos para:

 

Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

 

Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

 

El depósito de los fondos, según afirmó la mandataria en una entrevista, será coordinado entre la AFIP y las entidades financieras: “La AFIP le va a preguntar a los que cumplen con las condiciones si quieren el crédito o no y, en caso afirmativo, pedirá indicar si ya tiene una cuenta con un banco, con cuál opera, y si tiene tarjeta de crédito, porque estos fondos se depositan directamente en las tarjetas de los trabajadores”.

 

Los que quedan excluidos de dicho beneficio son: "Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos".

 

Para leer el informe completo, ingresar aquí.