El Gobierno establece nuevas tarifas máximas para transporte de hidrocarburos de YPF hasta 2029

La Secretaría de Energía aprobó los valores para el servicio en oleoductos y poliductos clave, vigentes por cinco años, tras auditar las inversiones realizadas por YPF.

La Secretaría de Energía de la Nación oficializó mediante la Resolución 427/2025 las nuevas tarifas máximas para el transporte de hidrocarburos líquidos que YPF podrá cobrar a los cargadores. Estas tarifas, que entraron en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, regirán durante el quinquenio 2025-2029.

 

El alcance de esta normativa incluye tres infraestructuras estratégicas: los oleoductos Puerto Rosales – La Plata y La Plata – Dock Sud, ambos en Buenos Aires, y el poliducto Montecristo – San Lorenzo, que atraviesa Córdoba y Santa Fe. Estas instalaciones son fundamentales tanto para el abastecimiento interno como para la exportación de petróleo y sus derivados.

 

La actualización tarifaria responde a un pedido de YPF y se fundamenta en la comprobación de inversiones realizadas para mejorar la calidad y seguridad operativa de los sistemas. La Secretaría de Energía, a través de la dirección nacional de Transporte e Infraestructura, auditó estas inversiones, detallando que entre 2016 y 2020 la ejecución alcanzó un 69,40% en el oleoducto Puerto Rosales – La Plata, un 25,71% en La Plata – Dock Sud y un sorprendente 230,05% en el poliducto Montecristo – San Lorenzo.

 

En el período 2021-2024, YPF continuó invirtiendo, destinando USD 70.657.000 en el oleoducto Puerto Rosales – La Plata, USD 4.996.000 en el oleoducto La Plata – Dock Sud y USD 6.878.000 en el poliducto Montecristo – San Lorenzo. Estos montos fueron validados y considerados para el cálculo de las nuevas tarifas.

 

La metodología aplicada para fijar las tarifas se basó en un modelo quinquenal de flujo de fondos, que busca cubrir los costos operativos y de mantenimiento, amortizar el capital invertido y garantizar una rentabilidad razonable para YPF como concesionario. Para el análisis de costos se utilizó el Índice de Precios Promedio (Producer Price Index Commodities PPI) correspondiente al período 2015-2024.

 

Las tarifas establecidas son máximas y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Asimismo, YPF tiene la obligación de permitir el acceso al servicio a todos los cargadores que lo soliciten, sin discriminación y bajo las mismas condiciones tarifarias. Además, la resolución exige que al finalizar cada año del quinquenio, YPF informe mediante Declaración Jurada las tarifas aplicadas y presente una certificación técnico-contable de una entidad especializada sobre las inversiones realizadas, las cuales serán auditadas por la autoridad competente.

 

La medida busca asegurar la transparencia y eficiencia en el uso de los recursos, promoviendo la continuidad operativa y la mejora constante de la infraestructura energética nacional. Así, se fortalece el marco regulatorio para el transporte de hidrocarburos en el país.

 

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