Fallo contra la AFIP por compras de dólar MEP
El Tribunal Fiscal de la Nación falló contra la AFIP y ya son deducible de Ganancias los quebrantos generados por compras de dólares bolsa.
El fallo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos sienta precedente para deducir las pérdidas por comprar dólar MEP mediante operaciones con bonos en el Mercado de Capitales. El Tribunal Fiscal de la Nación avaló la deducibilidad de los quebrantos originados por esta operación ya que cuando sucede a la inversa, es decir comprar bonos con dólares y luego venderlos en pesos se obtiene una ganancia que sí está gravada.
La AFIP había argumentado para impugnar la pérdida que se trata de una maniobra de planificación fiscal nociva y no resulta un detrimento extraordinario sufrido por fuerza mayor o caso fortuito. Sin embargo, la operatoria es completamente legal y es un camino lógico hacia la obtención de la divisa estadounidense justamente por las restricciones impuestas en el marco de la legislación cambiaria. Dicha pérdida se da como consecuencia de la normativa cambiaria.
Cuando una empresa requiere hacerse de dólares, ya sea para pagar importaciones o girar dividendos solamente puede acceder en las cantidades necesarias en el mercado de cambios al comprar bonos, y con una cotización en dólares superior a la que luego estos dólares quedaran valuados. Esta es la perdida por la brecha cambiaria que existe y que AFIP no permitía restar del Impuesto a las Ganancias.
No obstante, según el fallo dictado recientemente por el Tribunal Fiscal de la Nación, ahora se admite la deducción ya que al contrario resultaría un trato injusto hacia las ganancias obtenidas en comparación a las pérdidas soportadas. Además, de acuerdo con el tribunal, el fisco no puede probar que exista realmente una maniobra de planificación fiscal nociva, sino que se trata de acciones tomadas a fin de preservar el patrimonio en épocas de turbulencia financiera. También indica que el criterio de la AFIP se contradice con la Ley de Incentivo a la Construcción, la cual establece la posibilidad de la adquisición del dólar MEP como medio para repatriar fondos a fin de lograr inversiones en la construcción.