El Gobierno declara emergencia agropecuaria en 12 distritos bonaerenses por inundaciones
La medida busca asistir a productores afectados por anegamientos en extensas zonas rurales de Buenos Aires, otorgando beneficios impositivos y apoyo financiero.
Frente a las inundaciones que afectan al sector agropecuario bonaerense, el Gobierno nacional declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en múltiples distritos de la provincia de Buenos Aires. Esta resolución tiene como finalidad ofrecer un marco legal que facilite el acceso de los productores rurales a asistencia financiera y beneficios fiscales.
La medida procura aliviar a las explotaciones que sufrieron anegamientos en diversas circunscripciones de los partidos de Puán, Tornquist, 9 de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, 25 de Mayo, Saladillo y Roque Pérez. Entre las facilidades otorgadas, se incluye el diferimiento de obligaciones tributarias sobre impuestos como Ganancias y Bienes Personales.
La resolución 1305/2025, firmada por el ministro de Economía Luis Caputo y publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en la ley 26.509 y sus modificatorias, junto con el decreto reglamentario 1712 del 10 de noviembre de 2009. Previamente, la provincia de Buenos Aires había presentado el decreto provincial 1180 del 27 de mayo de 2025 ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Según consta en la resolución, en la reunión del 8 de agosto de 2025 la Comisión Nacional evaluó la situación provincial y recomendó formalmente “declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, con el alcance propuesto por la provincia de Buenos Aires, en los términos de la ley 26.509 y sus modificatorias”. Por eso, el estado de emergencia se establece desde el 1° de marzo de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025, abarcando a las explotaciones afectadas por las inundaciones.
En Puán, la emergencia cubre las circunscripciones VII, VIII, IX y X; en Tornquist, las IV y V. El partido de 9 de Julio es uno de los más comprometidos, con la medida vigente en las circunscripciones II a XV. En Carlos Casares, abarca las circunscripciones II a XI, y en General Lamadrid las II, III, IV, IX, X, XI y XII.
Coronel Suárez incluye las circunscripciones III, IV, V, X, XI, XII y XIV; Guaminí abarca desde la II hasta la IX; Bolívar comprende las circunscripciones II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, XI y XII; mientras que en Tapalqué se incluye la circunscripción VIII. Asimismo, 25 de Mayo afecta las circunscripciones II, III, VII a XIII; Saladillo las III a IX; y Roque Pérez las III, IV, V, VII y VIII. La Comisión Nacional también estableció que “el 31 de agosto de 2025 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas”, conforme a lo estipulado en el decreto reglamentario.
Para acceder a los beneficios previstos, los productores deberán presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente que acredite que sus predios están comprendidos en la emergencia. A su vez, el gobierno bonaerense debe enviar a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión el listado de los productores afectados junto con las copias de los certificados.
Además, la resolución indica que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, junto con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), deben facilitar los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios establecidos en la ley 26.509. En este marco, se instruye a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a formalizar convenios y actos para implementar la medida.
Las autoridades instan a los productores a gestionar la documentación pertinente a la brevedad para agilizar la asistencia. Asimismo, se prevén futuras evaluaciones para extender o modificar la emergencia según la evolución climática y el impacto en la producción agrícola.