El Gobierno reglamenta el Fondo de Asistencia Laboral para financiar indemnizaciones por despido

El nuevo sistema, previsto en la Ley de Modernización Laboral, funcionará desde noviembre de 2026 con aportes de empleadores supervisados por la CNV para garantizar pagos a trabajadores registrados.

El Gobierno nacional oficializó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que permitirá financiar las indemnizaciones por despido a través de aportes de los empleadores. Esta iniciativa fue establecida en la Ley de Modernización Laboral y quedó reglamentada mediante el Decreto 408/2026, publicado recientemente en el Boletín Oficial.

 

El FAL está diseñado para empleadores del sector privado y será supervisado por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Su objetivo principal es asegurar el pago de indemnizaciones a trabajadores registrados mediante la administración de fondos especiales constituidos por aportes patronales.

 

Según el decreto, “resulta pertinente la instrumentación de los Fondos de Asistencia Laboral a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV)”, tales como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, que permiten la segregación patrimonial, la afectación específica de los recursos y una adecuada supervisión. La administración y recaudación de los aportes estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Los empleadores deberán informar un identificador denominado “ID FAL” para asignar correctamente las contribuciones a cada fondo correspondiente.

 

Los recursos del fondo solo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados dentro de la República Argentina, con el fin de canalizar esos fondos hacia inversiones productivas en el país. En cuanto al pago de indemnizaciones, la reglamentación establece que, una vez cumplidos los requisitos y presentada la documentación necesaria, la entidad administradora deberá transferir los montos al trabajador en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la declaración correspondiente.

 

Para acceder a la cobertura total del FAL, los trabajadores deberán estar registrados formalmente y contar con una antigüedad mínima de doce meses en los registros laborales. El régimen comenzará a regir a partir del 1 de noviembre de 2026. Hasta esa fecha, la Secretaría de Trabajo, la Comisión Nacional de Valores, ARCA y la Secretaría de Finanzas trabajarán en la elaboración de las disposiciones complementarias necesarias para la implementación operativa del sistema.

 

Esta medida forma parte de los avances del Ejecutivo en la aplicación de la Ley de Modernización Laboral, que introduce cambios en la financiación de las indemnizaciones por despido y modifica aspectos vinculados a sindicatos, convenios e indemnizaciones. El FAL busca brindar mayor seguridad a los trabajadores ante despidos, agilizando el pago de indemnizaciones y promoviendo la formalidad laboral. Además, se espera que contribuya a la estabilidad del mercado laboral y a la protección social en el país.

 

El FAL permitirá que los aportes patronales se acumulen en fondos específicos, garantizando el pago oportuno de indemnizaciones. Así, se busca evitar demoras y conflictos laborales, asegurando protección a los trabajadores y previsibilidad para las empresas.

 

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