Cambios en el Código Aduanero agilizan importaciones y exportaciones desde hoy
El DNU 41/2026 establece dictámenes previos para operaciones, con plazos claros y nuevas competencias entre organismos, buscando mayor previsibilidad y menos demoras en comercio exterior.
El Gobierno nacional promulgó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 41/2026, que introduce reformas en el Código Aduanero con el fin de facilitar y acelerar las operaciones de comercio exterior. La medida, firmada por el presidente Javier Milei y su gabinete, busca otorgar mayor certeza jurídica a importadores y exportadores a partir de hoy.
Una de las principales novedades es la implementación de un mecanismo de resoluciones anticipadas, que permite a las empresas solicitar dictámenes oficiales previos sobre la clasificación arancelaria, valoración y origen de sus productos antes de realizar una operación. De este modo, podrán conocer con anticipación el régimen impositivo, las restricciones aplicables y el marco normativo que aplicará la aduana, reduciendo demoras en frontera.
El decreto establece un plazo máximo de 30 días para que la administración aduanera se pronuncie sobre estos dictámenes. En caso de no recibir respuesta dentro de ese período, el importador o exportador podrá avanzar con la operación bajo las condiciones inicialmente planteadas, aunque la aduana podrá requerir una garantía como respaldo.
El Servicio Aduanero, dependiente de la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), será responsable de las resoluciones vinculadas con la clasificación arancelaria y la valoración de mercancías. En contraste, los dictámenes sobre el origen de los productos estarán a cargo de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que sólo podrá delegar esta función a autoridades con rango de subsecretario o superior.
Además, se establecen vías diferenciadas para la impugnación de decisiones. Las relacionadas con clasificación y valor podrán ser apeladas ante la misma aduana conforme al Código Aduanero, mientras que las vinculadas al origen deberán tramitarse ante la Secretaría de Industria y Comercio, siguiendo las normas generales de la administración pública.
Según los considerandos del DNU, estas modificaciones buscan simplificar y desburocratizar los procesos, evitando retrasos en las fronteras y brindando mayor certeza a los operadores comerciales. También se enmarcan en los compromisos internacionales de Argentina con la Organización Mundial del Comercio (OMC) en materia de facilitación del comercio.
El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC establecía originalmente el 23 de julio de 2024 como fecha límite para implementar un sistema operativo de resoluciones anticipadas, pero se otorgó una prórroga automática hasta el 23 de enero de 2026. La proximidad de este vencimiento motivó la adopción del DNU para garantizar el cumplimiento sin demoras legislativas.
En la práctica, el mecanismo de resoluciones anticipadas ya estaba vigente desde 2023 a través de normas dictadas por la ex AFIP, pero el nuevo decreto delimita específicamente la gestión del origen de las mercancías. Además, faculta a la Secretaría de Industria y Comercio para dictar normas complementarias que serán obligatorias para la administración, salvo modificaciones normativas o aparición de hechos nuevos.
Con estas reformas, las empresas podrán planificar sus operaciones con mayor seguridad y reducir costos asociados a demoras. Además, se espera un aumento en la competitividad del comercio exterior argentino, alineado con estándares internacionales y mejores prácticas aduaneras.
