ANAC flexibiliza requisitos para certificar empresas aéreas con nuevos certificados provisorios
La resolución 436/2026 permite otorgar certificados temporales a operadores con trámites administrativos pendientes, buscando agilizar procesos sin afectar la seguridad operacional.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) implementó una nueva reglamentación que modifica el proceso de certificación para empresas del sector aerocomercial, incluyendo transporte aéreo, trabajo aéreo, servicios de asistencia en tierra y rampa, talleres de reparación y centros de instrucción aeronáutica. Mediante la Resolución N.º 436/2026, publicada en el Boletín Oficial, se habilita la emisión de certificados provisorios para aquellos operadores que solo tengan pendientes trámites administrativos o documentales, como acreditaciones de pagos, legalizaciones, apostillas o traducciones, siempre que no existan dudas sobre la capacidad técnica ni la seguridad operacional.
Estos certificados temporales tendrán una vigencia máxima de 90 días corridos, con la posibilidad de una única prórroga debidamente justificada. Durante ese lapso, las empresas deberán completar la documentación faltante para obtener la certificación definitiva.
Además, la ANAC podrá incorporar al expediente las documentaciones que ya estén en su poder mediante consultas internas, con el fin de reducir los requerimientos administrativos y evitar demoras innecesarias en un sector caracterizado por la dinámica de sus operaciones. La medida generó opiniones encontradas dentro del sector. Carlos Vázquez, consultor aeronáutico, expresó su preocupación al señalar que “ahora se dan certificaciones sin presentar papeles ni justificar nada, lo que podría generar problemas en la actividad”.
Para Vázquez, una empresa aérea debe demostrar previamente sus capacidades técnicas antes de comenzar a operar, ya que considera que la capacidad técnica es más importante que la financiera. Además, advirtió que esta modificación podría generar controversias y problemas en los procesos de habilitación: “Creo que va a traer muchos problemas”.
Desde la ANAC, en tanto, aclararon que los certificados provisorios serán otorgados únicamente cuando los pendientes no afecten aspectos técnicos ni la seguridad operacional, y que el objetivo es simplificar los trámites sin modificar los controles esenciales. Este cambio se da en un contexto de crecimiento del mercado aerocomercial y la expansión de nuevos operadores, incluyendo los servicios de rampa y asistencia en tierra, que también quedaron bajo el nuevo esquema de certificación.
