AFIP eliminó la obligatoriedad de registrar los contratos de alquiler
Desde el día de hoy ya no será necesario registrar los alquileres ante AFIP, la norma fue publicada en el Boletín Oficial.
Por Eric Nesich
Periodista especializado en Economía y Finanzas
Desde hoy, lunes 12 de agosto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya no exige registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. Sin embargo, aquellos que quieran aprovechar los beneficios fiscales que ofrece la ley, sí deberán hacerlo.
Esta nueva norma, que entra en vigencia con la Resolución General 5545/2024 publicada en el Boletín Oficial, surge del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551.
¿Qué cambia con esta resolución?
A partir de ahora, los propietarios no están obligados a inscribir sus contratos en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para que sean válidos. Pero si querés acceder a beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en impuestos como los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias (según la ley 27.737), tenés que declarar tus contratos en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su firma.
¿Cómo hacerlo?
Los interesados deben realizar este trámite a través de la web de la AFIP. Si ya tenés tus contratos registrados, no hace falta volver a hacerlo, salvo que haya cambios o actualizaciones.
Más cambios en el impuesto a las ganancias
Además, la Resolución General 5547/2024, también publicada hoy, elimina la obligación de los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a las deducciones del 40% y 10% de las sumas pagadas por alquiler.
Otras derogaciones recientes de la AFIP
Recordá que la AFIP ya eliminó el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), necesario para vender un auto o moto usados. También derogó las resoluciones que obligaban a los productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año y el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), así como la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, buscando facilitar el comercio exterior.