AFIP habilitó el "perdón fiscal": Enterate de todos los beneficios | Dolarhoy.com
Ahorro|21 de diciembre de 2021

AFIP habilitó el "perdón fiscal": Enterate de todos los beneficios

El plan de la AFIP de otorgar alivio fiscal a los pequeños actores sigue firme y presenta una nueva edición.

Por redacción

 

En un nuevo intento de reactivar la economía y ayudar a los más impactados por las restricciones impuestas por la cuarentena, el organismo recaudador ofrece un nuevo alivio fiscal para monotributistas y pequeños contribuyentes.

 

Desde el pasado lunes, los contribuyentes que tengan obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto, podrán solicitar una condonación de deudas, lo cual se traduce como un “perdón fiscal”.

 

El beneficio está destinado para entidades y organizaciones son fines de lucro, pequeños contribuyentes y micro y pequeñas empresas. El organismo aclara que "las deudas de las micro y pequeñas empresas, así como la de los pequeños contribuyentes, deberán ser inferiores a $100.000 para poder solicitar la condonación".

 

El mismo podrá ser solicitado hasta el 2 de marzo de 2022, a través de la página web de la AFIP. Para ello, hay que ingresar al servicio denominado “Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653".

 

Requisitos

La AFIP destacó que el beneficio se puede solicitar "por deudas de naturaleza impositiva, aduanera o relacionadas con recursos de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas que se originen en ellas", solo sí se cumplen con las siguientes condiciones:

 

1. Las deudas se encuentren vencidas, liquidas y exigibles al 31 de agosto de 2021.

 

2. Las mismas no se han cancelado o regularizado en un plan de pagos al 11 de noviembre de 2021, excepto que se trate de obligaciones incluidas en el “Régimen de Regularización de Deudas para Pequeños Contribuyentes”.

 

3. No se tratan de obligaciones expresamente excluidas del régimen.

 

Cabe aclarar que los pequeños contribuyentes deberán registrar inscripción en: impuesto a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo.

 

Por su parte, las PYMES deberán contar con el "Certificado MiPyME", el cual le permite a las compañías emergentes acreditar su condición como PyME ante la AFIP, el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos e instituciones, y, además, acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia.

 

Paso a Paso

Además, la entidad recaudadora detalló el paso a paso que hay que realizar si se quiere obtener este beneficio:

 

1º Ingresá con CUIT y clave fiscal al servicio “Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653”.

 

2º En la tarjeta “Nueva solicitud de condonación” presioná el botón INICIAR. El sistema mostrará el importe total de la deuda que tengas al 31 de agosto de 2021 y el detalle de las obligaciones por las que se haya generado. Deberás verificarlas y presionar CONFIRMAR. 

 

3º Una vez aceptado el envío de la solicitud podrás descargar la constancia (luego se puede descargar de todas formas en "Mis solicitudes presentadas".

 

4º En caso de presentar disconformidad sobre la deuda que se visualiza, la misma debe efectuarse a través de Presentaciones Digitales.

 

Para un mayor detalle de la operatoria, ingresar al siguiente link.

 

Como corolario, Radio Mitre informó que el plan de alivio fiscal también incorpora "beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización".