Habilitan la recategorización de monotributistas hasta el 5 de febrero: todo lo que hay que saber
Desde el 16 de enero los pequeños contribuyentes están habilitados a recategorizarse como monotributistas. Se deben revisar las nuevas escalas del IPC, y hay un sistema simplificado para facilitar el proceso.
Desde el jueves 16 de enero, los pequeños contribuyentes que están inscriptos en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) tienen la oportunidad de realizar su recategorización como monotributistas, un trámite que estará disponible hasta el miércoles 5 de febrero. Para llevar a cabo este proceso, es fundamental prestar atención a las nuevas escalas basadas en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se publicó en enero.
Para aquellos que disponen de puntos de venta de facturación electrónica y que están dentro del régimen simplificado por un mínimo de 12 meses, existe la opción de "Recategorización simplificada". Esta modalidad facilita el procedimiento, ya que el sistema automáticamente muestra la facturación anual, permitiendo que cada contribuyente analice si debe permanecer en su categoría actual o optar por una superior o inferior. Además, la recategorización puede realizarse cómodamente desde un celular utilizando la aplicación Arca Móvil.
Los pequeños contribuyentes que, según su facturación anual, no requieren realizar cambios en su categoría, no tendrán que realizar ningún trámite. Igualmente, aquellos que recién inician actividades y que no han pasado más de seis meses desde su inscripción, están exentos de este procedimiento.
Paso a paso, cómo realizar la recategorización
En caso de necesitar realizar la recategorización, los pasos son los siguientes: primero, ingresar al sitio de Arca con el número de CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal. Luego, seleccionar la opción de recategorización presionando el botón "Recategorizarme". El sistema muestra la categoría actual y los límites establecidos para cada parámetro de esa categoría. Se debe revisar las categorías vigentes a través del botón “Escalas vigentes” para estar al tanto de cuál sería la nueva categoría. Posteriormente, se debe presionar "Continuar recategorización".
Continuando con el trámite, se debe indicar el monto facturado en los últimos 12 meses y responder a las preguntas que se soliciten. Después, se ingresan los datos correspondientes a la actividad para determinar la nueva categoría. Si los datos no son correctos, se puede regresar para corregir errores, y si están bien, se procede a confirmar la categoría. Una vez completado el trámite, el sistema confirma que la transacción fue exitosa y permite imprimir la nueva credencial.
En lo que respecta al pago del monotributo, este se puede realizar hasta el día 20 de cada mes, siendo que para el 20 de febrero comenzarán a estar vigentes los nuevos montos a abonar. Es importante destacar que todos los monotributistas, sin importar la categoría, deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para cumplir con sus obligaciones. Los contribuyentes pueden verificar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto correspondiente a través del portal Monotributo, con opciones de pago que incluyen Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, cajeros automáticos, tarjeta de crédito, débito automático desde su cuenta bancaria o Mercado Pago.