ARCA extiende plazos fiscales para contribuyentes de Bahía Blanca

ARCA dispuso medidas fiscales para aliviar a los contribuyentes de Bahía Blanca tras el desastre, incluyendo prórrogas en la presentación del impuesto a las ganancias para los habitantes de las localidades afectadas.

Jueves 10 de abril del 2025 a las 11:20 am

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un conjunto de medidas fiscales con el fin de mitigar las repercusiones económicas tras el desastre que afectó varias localidades. Este conjunto de iniciativas otorga un plazo especial para que los contribuyentes con domicilio fiscal en Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri presenten sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias.

 

Con la firma de su director ejecutivo, Juan Alberto Pazo, se publicó la Resolución General 5671/2025 en el Boletín Oficial, que introduce una prórroga de acuerdo a la terminación del CUIT para distintos grupos de contribuyentes, incluyendo personas jurídicas, personas humanas y sucesiones indivisas. Además, esta resolución contempla la suspensión temporal de las intimaciones y acciones judiciales por parte de la administración fiscal, así como la exclusión de los planes de pago del proceso de caducidad y un mecanismo especial de acreditación para los que no están previamente caracterizados.

 

Los beneficiarios de estas medidas son los contribuyentes de las zonas afectadas, que incluyen micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) con el Certificado MiPyME vigente. Estas entidades podrán prorrogar la presentación de sus declaraciones juradas.

También están incluidos las personas humanas y sucesiones indivisas catalogadas como pequeños contribuyentes en el Sistema Registral de ARCA. Las entidades sin fines de lucro, como asociaciones, fundaciones, cooperativas y mutuales, tendrán acceso a este alivio fiscal.

 

Asimismo, las universidades y organismos públicos que se encuentren registrados bajo la categoría “Organismo Público” en el Sistema Registral también podrán beneficiarse de estos plazos ampliados. Los contribuyentes del sector salud que estén caracterizados en el sistema tributario también podrán acceder a las facilidades para regularizar sus obligaciones fiscales.

 

Algunas medianas empresas que cumplan con los criterios establecidos también se beneficiarán con la suspensión de intimaciones y acciones judiciales. Para obtener estos beneficios, es imprescindible que todos los contribuyentes estén correctamente caracterizados en el Sistema Registral de ARCA.

 

 

Cuáles son las nuevas fechas 

 

En cuanto a las nuevas fechas para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, se establecieron los siguientes plazos detallados a continuación, dependiendo del CUIT del contribuyente.

 

Para personas jurídicas cuyo cierre de ejercicio se encuentre entre octubre de 2024 y febrero de 2025, las fechas son las siguientes: aquellos con CUIT terminados en 0-1-2-3 deberán presentar hasta el 13 de agosto de 2025, los que finalicen en 4-5-6, hasta el 14 de agosto de 2025, y aquellos que terminen en 7-8-9, hasta el 18 de agosto de 2025.

 

Para las personas humanas y sucesiones indivisas del período fiscal 2024, los plazos son: CUIT terminados en 0-1-2-3, hasta el 15 de septiembre de 2025; CUIT terminados en 4-5-6, hasta el 16 de septiembre de 2025; y CUIT terminados en 7-8-9, hasta el 17 de septiembre de 2025.

 

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?