El Gobierno aprobó un protocolo para controlar productos e instrumentos de medición en todo el país

La Secretaría de Industria y Comercio puso en marcha una normativa que habilita inspecciones, toma de muestras y sanciones para garantizar la calidad y seguridad de los bienes comercializados en Argentina.

El Poder Ejecutivo oficializó un nuevo protocolo destinado a reforzar el control y la vigilancia sobre productos e instrumentos de medición comercializados en todo el territorio argentino. La medida fue publicada el lunes 9 de marzo de 2026 mediante la Resolución 56/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. Este protocolo establece un marco regulatorio para las inspecciones, toma de muestras, verificaciones y sanciones relacionadas con la calidad, seguridad y cumplimiento de normas técnicas de los bienes que se venden o utilizan en transacciones comerciales en Argentina.

 

La normativa contempla que la vigilancia se aplicará a todos los productos e instrumentos de medición cuya comercialización, rotulación, publicidad o características puedan implicar riesgos para la salud o afectar los derechos de los consumidores. Para ello, se implementarán diversos mecanismos de control, que incluyen la verificación documental, inspecciones técnicas, análisis de laboratorio y controles en la frontera sobre mercadería importada.

 

Además, la Secretaría de Industria y Comercio tendrá la facultad de solicitar información técnica a fabricantes, importadores y comercializadores, así como realizar inspecciones en fábricas, depósitos, comercios o lugares de instalación de los productos. Durante estas fiscalizaciones, los agentes podrán extraer muestras, secuestrar mercadería o inhabilitar instrumentos que no cumplan las normativas vigentes, y solicitar el apoyo de la fuerza pública si es necesario.

 

El protocolo establece un procedimiento específico para el análisis de las muestras, que implica la extracción de tres unidades idénticas: una para el análisis inicial, otra para una eventual contraverificación y una tercera que permanecerá bajo custodia del responsable como "depositario fiel". Los ensayos se realizarán en laboratorios públicos o privados con capacidad técnica, priorizando aquellos acreditados por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA).

 

En caso de que los análisis confirmen incumplimientos a las normas técnicas, se notificará al responsable, quien podrá enfrentar procedimientos sancionatorios. Los costos iniciales de los ensayos serán cubiertos por la Secretaría de Industria y Comercio, pero si se determina que el producto o instrumento no cumple la normativa, el responsable deberá reintegrar todos los gastos y afrontar las sanciones correspondientes. Si el producto cumple con las normas, los costos quedarán a cargo del Estado.

 

Los trámites relacionados con estos controles se gestionarán a través de la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD), facilitando la administración y seguimiento de las inspecciones y procedimientos. Asimismo, la resolución faculta a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial para iniciar procedimientos sancionatorios, aplicar multas y adoptar medidas correctivas. Por su parte, la Subsecretaría de Comercio Exterior podrá realizar acciones de control específicas en su ámbito.

 

Las sanciones previstas ante incumplimientos incluyen multas, órdenes de cese de comercialización, retiro de productos del mercado o inhabilitación para su uso, conforme a las leyes vigentes en materia de Defensa del Consumidor, Metrología Legal y Lealtad Comercial. La medida busca proteger a los consumidores y fortalecer la confianza en el mercado, asegurando que los productos e instrumentos de medición cumplan con los estándares nacionales e internacionales vigentes. Se espera mejorar la competitividad y la seguridad en todos los sectores.

 

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