BCRA: cómo es el nuevo mecanismo para los turistas extranjeros | Dolarhoy.com
BCRA|22 de julio de 2022

BCRA: cómo es el nuevo mecanismo para los turistas extranjeros

El Gobierno Nacional habilita a los turistas extranjeros a cambiar sus divisas al tipo de cambio del dólar financiero.

Por Agustín Dirienzo

 

Los turistas extranjeros podrán vender en las entidades bancarias autorizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) hasta U$S5.000 al mes al tipo de cambio del dólar MEP (Mercado Electrónico de Pagos), en el marco de las nuevas medidas implementadas por el Gobierno Nacional para desincentivar la liquidación de divisas en el mercado paralelo.

 

Así lo decidieron este jueves la ministra de Economía Silvina Batakis y su equipo económico, luego de una reunión de urgencia llevada a cabo en el Palacio de Hacienda, en medio de un escenario de incertidumbre tras el nuevo récord que alcanzó el dólar blue.

 

A través de la Comunicación "A" 7551, el BCRA habilitó a bancos y casas de cambio a recibir billetes en moneda extranjera de turistas no residentes para concretar, por cuenta y orden de ellos, la compra de títulos valores con liquidación en moneda extranjera para posteriormente venderlos con liquidación en pesos. Es decir, el extranjero no se queda a esperar que se haga esa operación. Esto con el fin de agilizar el proceso a al momento de cambiar las divisas.

 

Son las entidades financieras las responsables de vender esos dólares y tienen hasta dos días para hacerlo, pero pueden juntar las divisas que compraron a lo largo de una jornada y hacer una única operación de MEP, ya que no se las obliga hacer una operación de MEP por cada transacción.

 

Los turistas deberán presentar un documento de identidad válido y demostrar que no se encuentran comprendidos en las resoluciones elaboradas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en materia de lucha contra el terrorismo y que no residan en países o territorios donde no se aplican las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.

 

Asímismo, deberán completar una declaración jurada en la que conste su condición de turista y que, en los últimos 30 días corridos y en el conjunto de las entidades, no ha realizado operaciones que superen el equivalente a U$S 5.000.