ARCA actualiza el trámite de exportaciones para simplificar y digitalizar procesos aduaneros
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero implementó cambios en el desistimiento de solicitudes de exportación, incorporando operaciones con tránsito y agilizando el procedimiento mediante plataformas digitales.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció modificaciones en el procedimiento para desistir de solicitudes de destinación de exportación, con el fin de actualizar la normativa vigente y facilitar el comercio exterior. La medida fue oficializada el martes 13 de enero de 2026 mediante la Resolución General 5812/2026, publicada en el Boletín Oficial. Esta actualización, firmada por el director ejecutivo Andrés Edgardo Vázquez, modifica la Resolución General N° 1.921 y sus complementarias que regulan las exportaciones registradas en el Sistema Informático MALVINA (SIM), en línea con lo establecido por el Código Aduanero (Ley 22.415).
El organismo explicó que el cambio responde a la necesidad de simplificar el comercio internacional y otorgar mayor previsibilidad a los operadores, basándose en la experiencia adquirida con la normativa anterior. Entre las principales novedades se destaca que el desistimiento de la solicitud de exportación podrá efectuarse hasta cinco días después del vencimiento o rehabilitación de la destinación, siempre que la operación haya sido ratificada previamente mediante el servicio de Ratificación de Autoría de la Declaración.
Cuando el desistimiento se solicite antes de la presentación de la destinación, el trámite deberá realizarse íntegramente en formato digital a través del servicio web “Anulación de Destinaciones de Exportación sin Presentación”, sin necesidad de presentarse ante la Aduana, salvo que la mercadería ya esté bajo control aduanero. Para los casos en que el desistimiento se gestione tras la presentación de la destinación, el pedido se canalizará mediante el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), bajo el trámite denominado “Solicitud de desistimiento de declaraciones de exportación”, donde se deberá detallar el motivo y el estado operativo de la mercadería.
La resolución también incorpora procedimientos específicos para destinaciones que involucran tránsito de exportación, diferenciando según si la mercadería se encuentra en la aduana de registro, en tránsito o ya en la aduana de salida. En estas situaciones se prevé la coordinación entre dependencias aduaneras y la restitución de la mercadería a plaza una vez autorizado el desistimiento.
Asimismo, una vez aprobado el trámite, la destinación pasará automáticamente a estado “anulada” en el Sistema Informático MALVINA (SIM), y el declarante será notificado a través del Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA). Por último, la norma establece que si vencen los plazos para desistir, el servicio aduanero podrá anular de oficio las destinaciones que permanezcan en estado “oficializada” y sin ingreso a depósito, aplicando las sanciones previstas en el artículo 994 del Código Aduanero, sin perjuicio de otras penalidades que correspondan.
Estas mejoras buscan reducir tiempos y costos para exportadores, promoviendo un comercio más ágil y transparente. La digitalización facilita el seguimiento y control de las operaciones, alineándose con los estándares internacionales en materia aduanera. El director Andrés Edgardo Vázquez destacó que estas modificaciones fortalecerán la competitividad del país al facilitar el comercio exterior y reducir la burocracia, beneficiando a empresas y operadores logísticos en un contexto global cada vez más exigente.
