Criptomonedas: ¿Son monedas?

Hay un fuerte debate entre los economistas de la actualidad acerca de si las criptos cumplen con los requisitos necesarios para ser consideradas monedas

Por Mauro Morelli

Responsable de Fondos Comunes de Inversión de Bull Market Brokers

 

El economista inglés William Jevons ilustró ya en el siglo XIX las condiciones necesarias para que un bien sea considerado dinero, en tanto condiciones básicas que la hacen consistente desde su definición.

 

  • La primera es que el bien en cuestión sea utilizado como medio de pago, es decir, que su empleo para efectuar transacciones sea aceptado por los agentes económicos.
  • La segunda condición es que sea unidad de cuenta, esto es, que sea una medida común de valor, y que sirva para computar el valor de mercado de bienes y servicios.
  • La tercera es que sea un método de reserva o depósito de valor, que sirva para ser resguardado y que el mismo conserve sus propiedades en el futuro.

La pregunta es, entonces, ¿Cumplen con estas condiciones las criptos? Hay un fuerte debate entre los economistas en la actualidad. Veamos condición por condición.

 

  • Medio de pago. Las criptos están siendo empleadas cada vez más como medio de pago, sin embargo, aun el nivel de transacciones realizadas con las mismas parece ser más bien escaso, habiendo más expectativa de una futura masificación y aceptación de la que en realidad existe actualmente. No obstante, muchos pueden plantear que su aceptación o no, o su nivel de profundidad comercial, no debería ser un riguroso parámetro en consideración, dado que muchas monedas fiduciarias respaldadas por Estados tampoco lo son
  • Unidad de cuenta. En lo que sin duda coinciden muchos economistas es que las criptos aun no cumplirían con este requisito. Dado su enorme nivel de volatilidad y la incertidumbre que puede generar su posesión en el corto plazo, es dificultoso asignar valores en, por ejemplo, Bitcoins a stocks de bienes o precios de servicios. Además, su alto nivel de volatilidad las hace casi inadmisibles como método de computo contable.
  • Reserva de valor. ¿Se podría decir que existe la certeza de que sus propiedades se mantendrán inalterables tras su guarda y posterior recuperación? Desde un punto de vista de valor, la discusión está abierta. A raíz de su extenso nivel de volatilidad y el tipo de oferta definida, es admisible la argumentación de que las criptomonedas no contarían con la propiedad de garantizar a su tenedor esta condición. Pero es menester decirlo, tampoco lo hacen muchísimas monedas fiduciarias.

¿Qué nos dicen los organismos multilaterales al respecto? De acuerdo a una publicación reciente del FMI en sus redes sociales, el organismo planteó que las criptomonedas podrían ser la evolución del dinero. Tal y como están planteadas, podrían democratizar el acceso a los sistemas financieros de millones de personas, se reducirían o virtualmente eliminarían costos transaccionales de la banca tradicional, y por sus características (eliminación de intermediarios, seguridad criptográfica, entre otras) fortalecerían el sistema financiero internacional. Sin embargo, los riesgos inherentes a las criptos en relación al lavado de activos, la falta de profundidad de mercado y su, como se mencionó previamente, intensa inestabilidad la hacen aun un elemento que no parece revestir la categoría de moneda.

 

Quizás, entonces, la forma correcta de denominarlas sería criptoactivo. Pero ¿Serán las nuevas monedas del futuro? ¿Cómo transformarían el comercio y el sistema financiero internacional? ¿Cómo impactarán en las teorías monetarias vigentes, y por tanto, en las políticas económicas aplicadas por Gobiernos y Bancos Centrales en todo el mundo? Son algunas de las preguntas que actualmente se están discutiendo.

 

Lo que sí parece evidente, es que las criptos, especialmente tras los enormes estímulos monetarios efectuados por los países centrales, ya no son una moda financiera pasajera.

 

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?