ARCA oficializó una nueva prórroga para regularizar activos, ¿Cuáles son las fechas?

Este lunes hubo una modificación en los plazos y los procedimientos del Régimen de Regularización de Activos. Esto permite a las personas humanas y jurídicas, cumplir con sus obligaciones fiscales. 

Lunes 04 de noviembre del 2024 a las 11:42 am

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente conocida como AFIP, publicó la Resolución 5596/2024, la cual, en términos sencillos, actualiza y modifica una normativa previa relacionada con un aspecto específico: el Régimen de Regularización de Activos. Este régimen brinda una oportunidad para que personas y empresas declaren bienes y activos que no habían sido informados previamente al fisco.

 

Como contraprestación por la regularización, se establece un pago especial. De esta manera, se determinará que la segunda fase del blanqueo tendrá lugar entre el 9 de noviembre de 2024 y el 7 de febrero de 2025, ambas fechas inclusive, mientras que la tercera etapa se extenderá del 8 de febrero de 2025 al 7 de mayo de 2025. Entre el 1 y el 8 de noviembre de 2024 será posible regularizar dinero en efectivo. 

 

Además de los cambios en los plazos, la resolución realiza modificaciones en la redacción de la normativa anterior para asegurar que se incluyan todas las referencias a decretos pertinentes, evitando posibles contradicciones. Esta resolución afecta a todas las personas físicas y jurídicas que deseen adherirse al régimen de regularización de activos, incluyendo tanto a quienes aún no lo han hecho como a aquellos que ya iniciaron el proceso y requieren más tiempo para completarlo.

 

Este régimen aplica a personas humanas y sucesiones individuales, personas jurídicas con residencia fiscal en Argentina al 31 de diciembre de 2023 y también a personas humanas no residentes que anteriormente fueron residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que ya perdieron dicha condición para esa fecha. La ley original establecía que el período de adhesión y presentación de la declaración jurada se extendía hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad de prórroga hasta el 31 de julio de 2025. 

 

El régimen está estructurado en tres fases, cada una con fechas determinadas para la adhesión, el pago anticipado, la presentación de la declaración jurada y el pago de un Impuesto Especial de Regularización, con una tasa que varía según la etapa. Al conocer los cambios y plazos actuales, los contribuyentes pueden tomar decisiones informadas y cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales. 
 

 

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