La UIF actualiza el control de Sujetos Obligados para reforzar la prevención del lavado de activos
Con la Resolución 37/2026, la Unidad de Información Financiera exige inscripción y actualizaciones digitales más rigurosas para personas y entidades bajo la Ley N° 25.246, buscando agilizar trámites y mejorar la trazabilidad documental.
La Unidad de Información Financiera (UIF) implementó modificaciones relevantes en los procedimientos de inscripción y actualización para los Sujetos Obligados a cumplir con la Ley N° 25.246, que regula la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. La normativa, formalizada mediante la Resolución 37/2026 y publicada en el Boletín Oficial, introduce un sistema más ágil y digitalizado para la gestión documental, exigiendo mayor precisión y control en la presentación de la información requerida.
Desde la entrada en vigencia, la inscripción debe realizarse exclusivamente a través del Sistema de Reporte de Operaciones (SRO+), una plataforma digital que centraliza la recepción y validación de documentos para personas humanas y jurídicas. Los sujetos deben adjuntar la documentación en formato PDF u otro soporte digital aprobado, quedando sujetos a revisiones y posibles correcciones por parte de la UIF.
En el caso de personas físicas, la presentación debe incluir una nota dirigida al presidente de la UIF con datos personales, domicilios y actividad principal, además de copias de documentos de identidad, CUIL, CUIT o CDI, autorizaciones profesionales, certificación de antecedentes penales y, si corresponde, constancias sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente o contratos de fideicomisos activos. Si un apoderado realiza la presentación, debe adjuntarse el poder correspondiente.
Para personas jurídicas o estructuras legales, se requiere una nota firmada por la máxima autoridad, representante legal u Oficial de Cumplimiento que detalle la razón social, actividad, domicilios y datos de contacto. Además, deben aportar el estatuto social actualizado, constancias fiscales, autorizaciones habilitantes, actas de designación de autoridades, declaración jurada de beneficiarios finales y certificaciones de antecedentes penales, entre otros documentos.
La UIF podrá solicitar datos adicionales para verificar la identidad de los beneficiarios finales y exige que cualquier modificación en la información sea reportada en un plazo máximo de treinta días corridos. Cuando la mayoría accionaria pertenezca a una sociedad que cotiza en mercados regulados, se podrá exceptuar la identificación de beneficiarios finales, siempre que se garantice el acceso oportuno a dicha información.
La resolución establece que cualquier documentación observada deberá regularizarse en un plazo de quince días hábiles administrativos. Si el Sujeto Obligado no remite la información faltante o rectificada a través del SRO+ dentro del plazo, su inscripción será bloqueada automáticamente, quedando expuesto a sanciones conforme al Capítulo IV de la Ley N° 25.246. Este mecanismo busca garantizar que sólo quienes cumplan estrictamente con los requisitos puedan operar bajo el régimen de prevención.
Los Sujetos Obligados ya registrados y sus Oficiales de Cumplimiento están obligados a mantener actualizados sus datos de domicilio legal o real, teléfonos y correos electrónicos en el sistema SRO+, informando cualquier cambio dentro de los cinco días hábiles posteriores a la modificación. En caso de ausencia o reemplazo del Oficial de Cumplimiento, la UIF debe ser notificada electrónicamente en el mismo plazo, incluyendo motivos y duración del reemplazo si corresponde.
El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones tanto para el Sujeto Obligado como para el Oficial de Cumplimiento, según el marco sancionatorio vigente. La Dirección de Supervisión de la UIF está facultada para solicitar la actualización de documentación registral y para adaptar los sistemas digitales de comunicación y notificación conforme a las necesidades del organismo.
Esta digitalización total de los trámites representa un avance significativo en la eficiencia y control que ejerce la UIF para prevenir el lavado de activos y otros delitos conexos, fortaleciendo la transparencia y seguridad en el sector financiero y comercial. Con estas medidas, la UIF busca optimizar la detección de operaciones sospechosas y mejorar la cooperación interinstitucional, reforzando el marco normativo para un sistema financiero más seguro y transparente en Argentina.
