Moody's se refirió a la nueva medida del BCRA | Dolarhoy.com
BCRA|28 de mayo de 2021

Moody's se refirió a la nueva medida del BCRA

La calificadora de riesgo afirma que los encajes con títulos del Tesoro no tendrán impacto en la calidad crediticia de los bancos.

Por redacción

 

Moody’s Local Argentina estima que la Comunicación “A” 7290 emitida el pasado 27 de mayo por el Banco Central de la República Argentina, no tendría impacto en la calidad crediticia de las entidades calificadas en el corto plazo. La nueva Comunicación brinda a las entidades financieras la opción de integrar con títulos públicos nacionales en pesos, la exigencia de efectivo mínimo actualmente integrable con Letras de Liquidez del Banco Central (LELIQ).

 

Una convalidación de tasas superiores en los bonos del tesoro respecto a las LELIQs, sumado a la exención a ingresos brutos de los primeros, podría incrementar la exposición a los mismos en búsqueda de una mayor rentabilidad, implicando un deterioro de la calidad crediticia de las entidades financieras.

 

Sin embargo, ante un escenario de estrés para los títulos públicos, el riesgo de liquidez sería mitigado por el mecanismo de liquidez inmediata a través de la recompra de títulos establecido por el BCRA en la Comunicación “A” 7291. En la misma, esta entidad se compromete a adquirir los títulos que hayan sido integrados a un precio levemente por debajo del precio de mercado.

 

Dado que los bancos han venido limitando su exposición al Tesoro Nacional tanto por límites regulatorios, como por el riesgo implícito que este conlleva, esperamos que la migración a dichos instrumentos sea moderada.

 

Actualmente, las LELIQ integradas equivalen a aproximadamente del 6% del activo total de los bancos (Figura 1). De esta manera, la exposición al Crédito del Sector Publico podría aumentar de su actual 12%, incluyendo los bonos que ya son utilizados para la integración de efectivo mínimo.

Esta posibilidad entrará en vigencia el 1° de junio y los bonos deberán cumplimentar la siguientes características:

 

  • Deberán ser adquiridos en suscripción primaria desde esa fecha.
  • Deberán emitirse en pesos y no se podrán emitir con cláusula Dollar Linked.
  • Su plazo residual no puede ser inferior a 180 días ni mayor a 450 días.
  • En términos del cumplimiento de la integración de efectivo mínimo, los títulos públicos deberán valuarse a precios de mercado, sin perjuicio de su valuación en su registración contable.
  • Los títulos públicos integrados estarán excluidos de los límites del “Financiamiento al sector público no financiero” que acota dicha exposición al 75% de la Responsabilidad Patrimonial Computable, por lo que se encontrarán en línea con el tratamiento que recibieron los Bonos previamente aceptados para la integración de efectivo mínimo.