Cómo pagar menos impuestos en tus inversiones | Dolarhoy.com

Cómo pagar menos impuestos en tus inversiones

Entre los impuestos que gravan las inversiones, nos enfocaremos en este análisis en el impuesto sobre Bienes Personales.

Por Mariano Ricciardi

Director BDI Consultora

 

Se acerca el cierre del año fiscal, marcando el momento oportuno para llevar a cabo una meticulosa planificación impositiva. Dada la considerable presión fiscal, es crucial considerar el impacto en nuestro patrimonio. La toma de decisiones adecuadas puede afectar de manera significativa la carga fiscal asociada. Entre los impuestos que gravan las inversiones, nos enfocaremos en este análisis en el impuesto sobre Bienes Personales.

 

En primer lugar, es imperativo comprender que este gravamen afecta la totalidad del patrimonio, sumando todos los activos a nombre del contribuyente. Sin embargo, existen particularidades clave. Un umbral mínimo no imponible (MNI) determina la obligatoriedad de presentar la declaración jurada. Superar este límite no implica necesariamente abonar el impuesto, ya que ciertos activos están exentos. 

 

En 2022, el MNI fue de $11.282.141, y para 2023 todavía no tenemos el numero final ya que se ajusta por Ripte a Octubre 2023, dato que todavía no esta publicado, pero seguramente sea un ajuste un poco por debajo de la inflación (IPC).

 

Ahora, examinaremos el tratamiento tributario de algunos instrumentos financieros:

 

1.    Títulos Argentinos (Deuda Pública): Exentos en Bienes Personales.
2.    Obligaciones Negociables (Deuda Privada): Exentas cuando emitidas en moneda nacional, destinadas a inversión productiva y colocadas por oferta pública. Las ON en moneda extranjera están gravadas.
3.    Acciones Argentinas: Gravadas, pero el tributo es ingresado por la sociedad, excluyéndolas de la determinación de bienes personales.
4.    Cedears o Acciones del Exterior: Sujetas a Bienes Personales.
5.    Fondos Comunes de Inversión (FCI): Exentos si el 75% o más de sus activos subyacentes son bienes exentos en el impuesto.
6.    Cajas de Ahorro (en pesos y en dólares) y Plazos Fijos en pesos: Exentas.
7.    Cuenta Corriente: Gravada en Bienes Personales.
8.    Billeteras Virtuales (Mercado Pago): Alcanzadas por Bienes Personales.

 

Consideremos un escenario patrimonial compuesto por:

 

  • Casa habitación valuada en $30.000.000 (exenta) 
  • Vehículo de $10.000.000 
  • Dólares equivalentes a $3.600.000 (10.000 USD a TC oficial) 
  • Un FCI gravado por $2.000.000 
  • Obligaciones negociables por $10.000.000  
  • Cedears por $8.000.000. 

El patrimonio total asciende a $63.600.000, pero al restar la exención de la vivienda, quedaría en  $33.600.000. Esto implica la presentación de la DDJJ y el pago según la escala progresiva que va del 0.5% al 1.75%.

 

Si se hubieran tomado decisiones estratégicas antes de fin de año, como depositar los dólares en una cuenta de ahorro exenta, rotar el FCI a finales de diciembre y deshacerse de $2.000.000 en ON (posiblemente en dólares), el patrimonio seguiría siendo $63.600.000, pero solo $26.000.000 estarían alcanzados, evitando así la presentación y pago del impuesto. 

 

La importancia de tomar decisiones informadas y profundizar en este tema se destaca en nuestro canal de YouTube, donde ofrecemos capacitación detallada sobre aspectos impositivos y estrategias de reequilibrio de carteras de cara a los desafíos futuros.